Banco Santander
El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha imputado a Banco Santander como persona jurídica en la causa que investiga la gestión de los expresidentes del Popular Ángel Ron y Emilio Saracho por la ampliación de capital acometida en 2016 por la entidad. Los banqueros podrían haber incurrido en los delitos de falsedades societarias y administración desleal, contra le mercado, falsedades documentales y apropiación indebida.
El magistrado toma esa decisión una vez acreditada en las presentes actuaciones la inscripción del acuerdo de fusión por absorción en el que el Santander absorbe y adquiere en bloque y a título universal todos los elementos patrimoniales integrantes del activo y del pasivo del Banco Popular Español y conforme se establece en el artículo 130.2 del Código Penal. De este modo, el Santander ‘hereda’ la responsabilidad penal en que pudieron haber incurrido los gestores del otro banco, que ya no existe como persona jurídica.
En un auto conocido hoy el juez Calama recuerda que “la transformación, fusión, absorción o escisión de una persona jurídica no extingue su responsabilidad penal, que se trasladará a la entidad o entidades en que se transforme, quede fusionada o absorbida y se extenderá a la entidad o entidades que resulten de la escisión”.
Una vez se emita el informe pericial sobre la absorción del Banco Popular por parte del Santander, se acordará la declaración en sede judicial del representante legal de esta entidad.
Siguiendo el criterio de la Fiscalía Anticorrupción, el anterior juez instructor de la causa –Fernando Andreu– acordó abrir dos piezas separadas: una relacionada con la ampliación de capital realizada en 2016 por importe de 2.505 millones de euros; y otra, con la manipulación del mercado mediante la publicación de noticias con datos e informaciones “falsas” antes de que el Popular fuera vendido al Banco Santander.
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