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El PP pide absolver a Bárcenas por el pago en negro de la reforma de la sede de Génova

El pasado mes de octubre la Audiencia condenó a Bárcenas a dos años de cárcel por pagar en ‘b’ más de un millón de euros de las obras de reforma de la sede popular, al tiempo que condenó al PP como responsable civil subsidiario de Bárcenas en la cuantía de 123.669 euros por el Impuesto de Sociedades (IS) de 2007 de Unifica, el estudio de arquitectura que se encargó de la remodelación.

En un escrito de 46 páginas, al que ha tenido acceso Europa Press, la defensa del PP introduce su primer motivo de casación explicando que el delito de participación en el fraude fiscal ajeno por el que se condenó a Bárcenas prescribió antes de que el Juzgado dirigiera el procedimiento contra él. La imputación del mismo, añaden, supuso “una especie de fraude de prescripción que desconoce las trascedentes funciones que desarrolla esta institución y los valores y principios constitucionales que la inspiran”.

Y todo ello, señala, en tanto que la causa se abrió para Bárcenas en abril de 2014 cuando la prescripción se habría producido en julio de 2013. Además, añade el PP, la “fecha en la que la sentencia considera interrumpida la prescripción es la de un auto en el que se le acuerda recibirle declaración como imputado pero que no contiene ni una calificación siquiera aproximativa de los hechos por los que finalmente fue condenado”.

A juicio de la formación, “no basta con que se diga de alguien que ‘manejaba fondos en B’”. “Tendremos que saber si lo que se le atribuye son pagos sin IVA en cuantía 10 delictiva, o la recepción de dádivas corruptoras, o un delito electoral, o un delito de blanqueo, entre otras muchas posibilidades”, añaden.

El segundo motivo de casación se refiere al factor de que el fallo considere “que el hecho de que Bárcenas omitiera consignar regularmente una parte del pago a Unifica por las obras realizadas para el Partido Popular constituye una conducta de participación necesaria en el delito fiscal de esta sociedad, relativo al impago del Impuesto sobre sociedades del 2007”.

“Sin embargo, no puede verse en este comportamiento la asociación, la connivencia con el autor propia de la participación. No hay una integración de esferas de organización orientada al fraude fiscal, sino el aprovechamiento solitario de una irregularidad previa”, sostiene el recurso.

Y es que, siguiendo el relato de hechos, el entonces tesorero “pagó parcialmente unas obras en oculto, en acto previo e irregular que tenía sus propias finalidades, como dar salida a dinero en B que él mismo gestionaba”. “El que después Unifica no reflejara ese ingreso constituye un acto plenamente propio, interno y soberano, enteramente en su esfera de dominio, enteramente en su ámbito de organización”, aduce el PP, según la citada agencia.

A este respecto, la formación añade que “calificar este aprovechamiento de una actuación previa de Bárcenas como acto de participación de este interviniente en el delito fiscal atribuido a Unifica contraviene el postulado de responsabilidad por los hechos propios como manifestación del principio de culpabilidad”.

Por todos los motivos, y otros expuestos, el partido que lidera Alberto Núñez-Feijóo pide al Alto Tribunal que dicte otra sentencia en la que se declare prescrito o se absuelva a Bárcenas del delito de participación necesaria en el fraude fiscal de Unifica, con la necesaria consecuencia de la inexistencia de responsabilidad civil subsidiaria del Partido Popular derivada del mismo.

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El PP pide absolver a Bárcenas por el pago en negro de la reforma de la sede de Génova

E.B.

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