El juzgado suspende la vista sobre los bienes de Meirás para que los peritos de la familia Franco terminen su informe

Pazo de Meirás

El juzgado suspende la vista sobre los bienes de Meirás para que los peritos de la familia Franco terminen su informe

El magistrado ha aceptado la petición de la familia Franco de posponer la vista porque entiende que sus peritos no han tenido tiempo suficiente para elaborar el informe para el que se les ha autorizado acceder al pazo.

Pazo de Meirás
El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña ha emitido este jueves una providencia en la que decreta la suspensión de la vista fijada para el próximo 22 de octubre destinada a determinar qué bienes del Pazo de Meirás deben tener la consideración de inmuebles y, en consecuencia, no pueden ser retirados del recinto.. Según ha informado el TSXG, el magistrado ha aceptado la petición de la familia Franco de posponer la vista porque entiende que sus peritos no han tenido tiempo suficiente para elaborar el informe para el que se les ha autorizado acceder al pazo. Ese informe tiene que ser enviado al juzgado con anterioridad -cinco días hábiles- a la celebración de la vista para que el órgano dé traslado del mismo a las partes personadas en el procedimiento. La familia Franco consideró que ese plazo era imposible de cumplir, por lo que solicitó la suspensión de la vista, una demanda que ha sido aceptada por el juez.

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña ha emitido este jueves una providencia en la que decreta la suspensión de la vista fijada para el próximo 22 de octubre destinada a determinar qué bienes del Pazo de Meirás deben tener la consideración de inmuebles y, en consecuencia, no pueden ser retirados del recinto.

Según ha informado el TSXG, el magistrado ha aceptado la petición de la familia Franco de posponer la vista porque entiende que sus peritos no han tenido tiempo suficiente para elaborar el informe para el que se les ha autorizado acceder al pazo.

Ese informe tiene que ser enviado al juzgado con anterioridad -cinco días hábiles- a la celebración de la vista para que el órgano dé traslado del mismo a las partes personadas en el procedimiento. La familia Franco consideró que ese plazo era imposible de cumplir, por lo que solicitó la suspensión de la vista, una demanda que ha sido aceptada por el juez.

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