Rodrigo Rato, expresidente de Bankia
La lentitud de la Justicia no es fruto exclusivo de los recortes o de la intromisión institucional. También existen ciertos casos donde el juez eterniza la instrucción hasta convertirla en una “indagación agotadora” donde el sentido de la justicia queda por un tiempo indeterminado en el aire. Eso es lo que está ocurriendo en el caso Rato.
Así lo denuncia al menos la Audiencia Provincial de Madrid, que según informa el diario El Español, ha urgido al juez Antonio Serrano-Arnal a que no prolongue «innecesariamente» la investigación y decida ya si Rodrigo Rato debe ir a juicio por el supuesto cobro de comisiones ilegales a cambio de la adjudicación de millonarios contratos de publicidad. Unos hechos de los que se le acusa cuando el ex vicepresidente del Gobierno presidía Bankia.
Los indicios se basan, esencialmente, en informes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y de la Agencia Tributaria, según los cuales, en 2011 y 2012, Publicis y Zenith –fondos supuestamente ilícitos – empiezan a ser contratadas para prestar servicios de publicidad a Bankia por un importe de 47 millones de euros.
Además, según informa el medio presidido por Pedro J., en esos años, la empresa Kradonara, de Rodrigo Rato, declara haber realizado trabajos para la empresa Albisa por los que percibe 706.000 euros. “Este dinero acaba en un hotel berlinés del que Rato es copropietario”.
Esto es relevante porque, al margen de que finalmente se acredite la existencia o no de comisiones ilegales, la Agencia Tributaria sostiene que Rato incurrió en delito fiscal al no haber tributado en su IRPF por esos 706.000 euros recibidos.
Quizá por esos indicios, los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid recuerdan que durante la fase de instrucción «no puede exigirse un agotamiento más allá de lo razonable» de las diligencias y que hay que tomar una decisión.
“Pretender lo contrario es subvertir el esquema del proceso y se presta a dilaciones injustificadas, demorando la realización de la justicia sin motivo digno de amparo», afirma la Sala en una resolución redactada por el magistrado Celso Rodríguez Padrón.
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