Ciudad BBVA
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha imputado a BBVA como persona jurídica en el caso en el que investiga los contratos que supuestamente habría encargado el banco durante la presidencia de Francisco González al excomisario José Manuel Villarejo.
Según ha adelantado ElDiario.es, que cita fuentes jurídicas, el juez accede de este modo a la petición que había realizado la Fiscalía Anticorrupción, que consideraba que el banco ahora presidido por Carlos Torres podría haber cometido actos constitutivos de los delitos de cohecho, descubrimiento y revelación de secretos y corrupción en los negocios.
“El análisis de la documentación en soporte papel y digital incautada en los registros practicados en el mes de noviembre del año 2017 y de la documentación aportada por BBVA acreditarían que la contratación y los pagos presuntamente ilícitos a la mercantil Cenyt”, titularidad entonces de Villarejo, “afectaron a varias áreas sensibles del Banco y a diversos ejecutivos de la entidad durante un prolongado período temporal”, señalaba el Ministerio Público.
Estas contrataciones habrían tenido por objeto “el desarrollo de múltiples servicios de inteligencia y/o de investigación de naturaleza patrimonial y carácter ilícito, atendida la incompatibilidad de los encargos asumidos por el entramado empresarial Grupo Cenyt la condición de funcionario policial en activo de José Manuel Villarejo (delito de cohecho activo), y que, además, en el desarrollo de la prestación de los servicios contratados, habría implicado una reiterada injerencia en los derechos fundamentales de las personas mediante seguimientos personales y acceso a sus comunicaciones o a su documentación bancaria, lo que constituirían múltiples delitos de descubrimiento y revelación de secretos”.
Por otra parte, “alguno de los directivos investigados habría percibido dádivas del entorno del Grupo Cenyt por la facilitación de tales contrataciones (delito de corrupción en los negocios)”.
Desde diciembre de 2010, la Ley Orgánica 5/2010, en el artículo 31 bis del Código Penal, establece que puede existir “responsabilidad de la persona jurídica derivada del comportamiento ilícito de la persona física dentro de la estructura empresarial”. Es decir, que una empresa puede cometer un delito cuando alguno de sus directivos realiza una acción ilícita. Las empresas pueden ser castigadas con importantes multas, porque la sociedad pudo haberse beneficiado de esas acciones ilegales.
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