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El Gobierno subsanará el error técnico en la Ley de Paridad “la semana que viene”

“Rápidamente. Estamos preparándolo ya para la semana que viene, o sea que rápidamente estará subsanado”, ha asegurado la ministra en declaraciones a medios a su llegada a la Comisión de Igualdad en el Congreso de los Diputados y al ser preguntada por los tiempos con los que cuentan para solucionar el error en la ley.

Precisamente, la ministra comparece este jueves en la Comisión de Igualdad para informar sobre la aplicación de la Ley Orgánica de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, y la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

A continuación, y a petición del Grupo Parlamentario Popular, la ministra informará sobre “las consecuencias de los graves errores generados en la redacción de la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI y de la Ley Orgánica de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, así como las medidas que piensa adoptar para resolver dichos errores”.

La ley orgánica de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, conocida como Ley de Paridad, entró en vigor el 22 de agosto con un “error técnico” que desprotege a los trabajadores que se acojan al nuevo permiso de cinco días por cuidado de un familiar tras un accidente, enfermedad grave u hospitalización, o a una adaptación de jornada.

El error se encuentra en la disposición final novena de la ley de paridad, en la que se modifica el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores, en concreto, el apartado referido a los despidos nulos.

Al introducir a las víctimas de violencia sexual en los supuestos previstos para que sea nulo el despido, se olvida incluir a las personas que se hayan acogido al nuevo permiso de “cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella”.

Este colectivo había quedado incluido en los supuestos de despido nulo por medio del Real Decreto Ley 5/2023, aprobado en junio del año pasado pero, a partir de este jueves, quedarán fuera debido a este “error técnico”.

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EUROPA PRESS

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