El Gobierno solo permitirá el acceso de residentes en Gibraltar «siempre que exista reciprocidad» en la frontera

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El Gobierno solo permitirá el acceso de residentes en Gibraltar «siempre que exista reciprocidad» en la frontera

Modifica así el documento publicado el pasado 22 de diciembre y que permitía acceder a España a todas las personas residentes en Gibraltar, sin restricciones adicionales.

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El Gobierno solo permitirá el acceso de personas con residencia legal en el territorio de Gibraltar --con cualquier nacionalidad-- únicamente si "existe reciprocidad con respecto a la entrada" en el país "de los residentes en la comarca del Campo de Gibraltar". La orden publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado, y firmada por el ministro del Interior, modifica así el documento publicado el pasado 22 de diciembre y que permitía acceder a España a todas las personas residentes en Gibraltar, sin restricciones adicionales. Así, también se incluyen ahora entre las excepciones para acceder a España las personas que acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios. Se suman así a las otras tres excepciones, que contemplaban a ciudadanos españoles, ciudadanos extranjeros con residencia legal en España y a trabajadores transfronterizos. La orden, que entrará en vigor desde le próximo 1 de febrero, también modifica la lista de terceros países y regiones administrativas cuyos residentes no se ven afectados por las restricciones. Entre ellos se incluyen Australia, Nueva Zelanda, Ruanda, Singapur, Corea del Sur, Tailandia, China, la región de Hong Kong y la de Macao. La orden, que entró en vigor el pasado 22 de julio de 2020, se mantendrá hasta el próximo 28 de febrero, sin perjuicio de su eventual modificación para responder a un cambio de circunstancias o a nuevas recomendaciones en el ámbito la Unión Europea.

El Gobierno solo permitirá el acceso de personas con residencia legal en el territorio de Gibraltar –con cualquier nacionalidad– únicamente si «existe reciprocidad con respecto a la entrada» en el país «de los residentes en la comarca del Campo de Gibraltar».

La orden publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado, y firmada por el ministro del Interior, modifica así el documento publicado el pasado 22 de diciembre y que permitía acceder a España a todas las personas residentes en Gibraltar, sin restricciones adicionales.

Así, también se incluyen ahora entre las excepciones para acceder a España las personas que acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios.

Se suman así a las otras tres excepciones, que contemplaban a ciudadanos españoles, ciudadanos extranjeros con residencia legal en España y a trabajadores transfronterizos.

La orden, que entrará en vigor desde le próximo 1 de febrero, también modifica la lista de terceros países y regiones administrativas cuyos residentes no se ven afectados por las restricciones. Entre ellos se incluyen Australia, Nueva Zelanda, Ruanda, Singapur, Corea del Sur, Tailandia, China, la región de Hong Kong y la de Macao.

La orden, que entró en vigor el pasado 22 de julio de 2020, se mantendrá hasta el próximo 28 de febrero, sin perjuicio de su eventual modificación para responder a un cambio de circunstancias o a nuevas recomendaciones en el ámbito la Unión Europea.

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