El Gobierno crea una lista de incentivos para que los beneficiarios del IMV busquen empleo o lo mejoren

El Gobierno crea una lista de incentivos para que los beneficiarios del IMV busquen empleo o lo mejoren

Inclusión fija un mecanismo que garantiza a los titulares del ingreso mínimo que encuentren trabajo o mejoren sus condiciones el aumento de su renta disponible.

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá / Foto: Congreso

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. (Foto: Congreso)

El Gobierno, en la reunión del Consejo de Ministros, ha aprobado un real decreto por el que se regula la compatibilidad del ingreso mínimo vital (IMV) con los ingresos procedentes de rentas del trabajo o de la actividad económica por cuenta propia. Todo, defiende el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, “con el fin de mejorar las oportunidades reales de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias de la prestación”.

El incentivo al empleo aprobado, que entrará en vigor en enero de 2023, “se orienta precisamente a que el beneficiario que se incorpore al mercado de trabajo o incremente el número de horas de empleo en el caso de que ya esté trabajando vea garantizada que su renta disponible sea superior a la que habría tenido sin incentivo, con un incremento que se va atenuando a medida que los rendimientos del trabajo aumentan”.

De esta manera, “cuando el perceptor del IMV registre un incremento de sus ingresos del trabajo por cuenta ajena o propia que alcance hasta el 60% de la Renta Garantizada para su tipo de hogar, el incentivo le proporcionará un aumento de su renta disponible de la misma cuantía”. Asimismo, explica el departamento de José Luis Escrivá en una nota, la renta disponible del beneficiario del IMV “también aumentará cuando las subidas de sus ingresos procedentes del trabajo se sitúen entre el 60% y el 100% de su renta garantizada”.

En este caso el incentivo variará en función de  tres parámetros, que pasan por “la presencia o no de menores (con un incentivo más alto para los hogares con niños), la composición del hogar (con un incentivo más alto para las familias monoparentales y para las personas con discapacidad) y la relación previa con el mercado de trabajo (se incentiva más a las personas que se incorporan a él que a las que ya estaban trabajando)”. El incentivo se mantendrá, aunque de forma más atenuada, incluso para los aumentos salariales que superen el umbral de la Renta Garantizada para el tipo de hogar al que pertenezca el titular.

Ejemplo del incentivo en familia monoparental con un menor que no ha tenido ingresos el año anterior:

-Su Renta Garantizada es de 10.737 euros al año, que en este caso coincide con el IMV al no tener otros ingresos.

-Al año siguiente, la familia consigue ingresos del trabajo por valor de 1.000 euros.

-Al realizar la revisión del IMV, si no existiera incentivo al empleo, su IMV sería de 9.737 euros (Renta Garantizada de 10.737 – 1.000 euros de ingresos del trabajo).

-Pero el incentivo al empleo aporta en este caso 1.000 euros, así que el IMV+ incentivo permitirá que la familia perciba 10.737 euros

-Así, su renta disponible sería de 11.737 euros, resultado de: (IMV+incentivo=10.737 euros) + (Salario=1.000 euros)

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