El Constitucional prohíbe la cobertura sanitaria a los ‘sin papeles’ en Euskadi

Sanidad

El Constitucional prohíbe la cobertura sanitaria a los ‘sin papeles’ en Euskadi

El Alto Tribunal emite una sentencia tras el recurso impuesto por el Gobierno de Mariano Rajoy al Ejecutivo vasco.

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El Boletín Oficial del Estado de este miércoles 20 de diciembre de 2017 comparte la sentencia que realizó el Tribunal Constitucional el pasado mes de noviembre y por la que queda prohibida la amplia cobertura sanitaria que ofrecía el País Vasco a las personas migrantes en condición irregular. El Constitucional cumple de esta manera el deseo del Gobierno de Mariano Rajoy, que fue quien interpuso el recurso contra el Ejecutivo Vasco. Era el año 2012. El lehendakari, por entonces, Patxi López, realizó un Decreto sobre régimen de las prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi (Osakidetza) con el objetivo de ampliar la cobertura sanitaria a personas que quedaban al margen de ella tras la reforma impuesta por la que era ministra de Sanidad, Ana Mato. Aquel decreto del Gobierno de Mariano Rajoy subió el precio de los medicamentos, impulsó el copago farmacéutico y tumbó el principio de universalidad en el acceso a la sanidad. Muchos inmigrantes se quedaron sin poder acceder a la Sanidad porque a partir de entonces se vinculó el derecho a la Sanidad con las cotizaciones a la Seguridad Social. El Gobierno Vasco de Patxi López, y posteriormente el de Iñigo Urkullu, trataron de puentear la decisión de Ana Mato para seguir ofreciendo sanidad pública gratuita a los ‘sin papeles’, pensionistas, huérfanos, viudas y minusválidos, entre otros. Prestaciones públicas que convirtieron al País Vasco en una excepción. Sin embargo, el Constitucional ha decidido que esas medidas se escapan de las competencias autonómicas y exige su modificación. “Las bases dejaban un margen de mejora a las Comunidades Autónomas, pero no así en cuanto a la determinación de quienes podían ser asegurados o beneficiarios”, afirma el Alto Tribunal.

El Boletín Oficial del Estado de este miércoles 20 de diciembre de 2017 comparte la sentencia que realizó el Tribunal Constitucional el pasado mes de noviembre y por la que queda prohibida la amplia cobertura sanitaria que ofrecía el País Vasco a las personas migrantes en condición irregular. El Constitucional cumple de esta manera el deseo del Gobierno de Mariano Rajoy, que fue quien interpuso el recurso contra el Ejecutivo Vasco.

Era el año 2012. El lehendakari, por entonces, Patxi López, realizó un Decreto sobre régimen de las prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi (Osakidetza) con el objetivo de ampliar la cobertura sanitaria a personas que quedaban al margen de ella tras la reforma impuesta por la que era ministra de Sanidad, Ana Mato.

Aquel decreto del Gobierno de Mariano Rajoy subió el precio de los medicamentos, impulsó el copago farmacéutico y tumbó el principio de universalidad en el acceso a la sanidad. Muchos inmigrantes se quedaron sin poder acceder a la Sanidad porque a partir de entonces se vinculó el derecho a la Sanidad con las cotizaciones a la Seguridad Social.

El Gobierno Vasco de Patxi López, y posteriormente el de Iñigo Urkullu, trataron de puentear la decisión de Ana Mato para seguir ofreciendo sanidad pública gratuita a los ‘sin papeles’, pensionistas, huérfanos, viudas y minusválidos, entre otros. Prestaciones públicas que convirtieron al País Vasco en una excepción.

Sin embargo, el Constitucional ha decidido que esas medidas se escapan de las competencias autonómicas y exige su modificación. “Las bases dejaban un margen de mejora a las Comunidades Autónomas, pero no así en cuanto a la determinación de quienes podían ser asegurados o beneficiarios”, afirma el Alto Tribunal.

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