Justicia

El Constitucional anula la ley de Castilla-La Mancha que permitía la caza del lobo

Los magistrados Enrique Arnaldo y Concepción Espejel han anunciado un voto particular conjunto.

Lobo Ibérico
Imagen de un lobo ibérico. (Foto: Ans Retamero para WWF)

El Tribunal Constitucional ha estimado el recurso presentado por el Gobierno y ha declarado nulos los artículos de la ley de Castilla y León que consideraban al lobo una especie susceptible de ser cazada al norte del río Duero por entender que invade las competencias estatales sobre medio ambiente.

Según ha informado este miércoles la corte de garantías, el Pleno ha declarado inconstitucionales y nulos el artículo 38, apartados 2.a) y 8; y los anexos I.3, inciso ‘Lobo (Canis lupus): al norte del río Duero’; anexo II.4.f); y anexo IV.2, inciso ‘Lobo (Canis lupus). 6.000 euros ambos sexos’, todos ellos de la Ley de las Cortes de Castilla y León 4/2021, de 1 de julio.

El alto tribunal, recoge Europa Press, ha considerado que los citados preceptos entran en contradicción con la normativa básica sobre medio ambiente y, por tanto, invaden la competencia estatal para fijar las bases de dicha materia.

Los magistrados Enrique Arnaldo y Concepción Espejel han anunciado un voto particular conjunto porque creen que la orden ministerial, que se reputa como norma básica, carece y excede de la habilitación conferida por el legislador, de modo que no puede ser considerada ni formal ni materialmente como básica y, por tanto, tampoco puede ser utilizada como parámetro de enjuiciamiento de la ley autonómica.

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