Los expedientes de indulto contemplan que están basados en “los motivos de utilidad pública que se exponen en la propuesta del Ministro de Justicia” y “considerados los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y atendiendo a las circunstancias” de cada condenado.
La fórmula que incluye el BOE es la siguiente: “Vengo en indultar a” el condenado “la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito grave” en un plazo concreto “desde la publicación del real decreto”.
El plazo recogido como condición para no volver a cometer delito varía en cada caso. Para Dolors Bassa, tres años; Carme Forcadell y Raül Romeva, 4 años; Jordi Cuixart y Jordi Sànchez, cinco años; Oriol Junqueras, Jordi Turull, Joaquim Forn y Josep Rull, 6 años.
La publicación, recoge Europa Press, se produce al día siguiente de que el Consejo de Ministros acordara la concesión de la medida de gracia y que el presidente del Gobierno Pedro Sánchez la explicara públicamente apelando a la utilidad pública de la misma.
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