El BOE publica la sentencia del TC que avala el impuesto catalán contra los pisos vacíos

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El BOE publica la sentencia del TC que avala el impuesto catalán contra los pisos vacíos

El Constitucional rechazó el recurso presentado por el Gobierno de Mariano Rajoy.

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El Boletín Oficial del Estado del jueves 14 de febrero de 2019 publica la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el recurso presentado por el Gobierno de Mariano Rajoy contra el impuesto catalán sobre viviendas desocupadas. El Ejecutivo de Artur Mas impulsó en su último año de gobierno (2015) una medida que gravara la presencia de viviendas vacías en Cataluña. El Parlament dio ‘luz verde’ a una medida que desde Moncloa consideraron inconstitucional. El Gobierno de Mariano Rajoy presentó un recurso ante el Tribunal Constitucional alegando que la ley vulneraba la normativa de financiación autonómica sobre el impuesto de bienes e inmuebles (IBI). Sin embargo, el Constitucional dio la razón hace un mes al Ejecutivo de Artur Mas al entender que no supone ninguna afrenta al espíritu y norma constitucional. El pleno del TC considera que esta medida va encaminada en “incentivar la puesta en alquiler de viviendas desocupadas en poder de personas jurídicas (aunque lógicamente también sirva a la consecución de unos ingresos con los que financiar el gasto público), mientras que el tributo local persigue un fin principalmente fiscal (sin perjuicio de que para la modulación de la carga tributaria se haya asumido algún criterio extrafiscal)”.

El Boletín Oficial del Estado del jueves 14 de febrero de 2019 publica la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el recurso presentado por el Gobierno de Mariano Rajoy contra el impuesto catalán sobre viviendas desocupadas.

El Ejecutivo de Artur Mas impulsó en su último año de gobierno (2015) una medida que gravara la presencia de viviendas vacías en Cataluña. El Parlament dio ‘luz verde’ a una medida que desde Moncloa consideraron inconstitucional.

El Gobierno de Mariano Rajoy presentó un recurso ante el Tribunal Constitucional alegando que la ley vulneraba la normativa de financiación autonómica sobre el impuesto de bienes e inmuebles (IBI).

Sin embargo, el Constitucional dio la razón hace un mes al Ejecutivo de Artur Mas al entender que no supone ninguna afrenta al espíritu y norma constitucional.

El pleno del TC considera que esta medida va encaminada en “incentivar la puesta en alquiler de viviendas desocupadas en poder de personas jurídicas (aunque lógicamente también sirva a la consecución de unos ingresos con los que financiar el gasto público), mientras que el tributo local persigue un fin principalmente fiscal (sin perjuicio de que para la modulación de la carga tributaria se haya asumido algún criterio extrafiscal)”.

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