El Banco de España se adapta a la Ley Hipotecaria y a la normativa de servicios de pago

Ley Hipotecaria

El Banco de España se adapta a la Ley Hipotecaria y a la normativa de servicios de pago

El Banco de España renueva su régimen de delegación de competencias para adaptarlas a las nuevas normativas.

Banco de España
La comisión ejecutiva del Banco de España ha revisado de manera integral su régimen de delegación de competencias para adaptarlo a la nueva normativa de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, así como a la ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (la Ley Hipotecaria), según publica hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE). El Banco de España también considera que “determinados desarrollos recientes” aconsejan abordar todas las decisiones de política macroprudencial de manera no diferenciada por parte de la comisión ejecutiva, por lo que ve aconsejable establecer un régimen en el que no se contemplen determinadas delegaciones existentes hasta la fecha en esta materia a favor del director general de Estabilidad Financiera, Regulación y Resolución. Asimismo, ha introducido modificaciones en las delegaciones relacionadas con la tramitación de las solicitudes de acceso a la información pública para agilizar los procedimientos y facilitar el cumplimiento de los plazos establecidos en la ley. El Banco de España también ha estimado conveniente contemplar una nueva delegación relativa a las nuevas funciones asumidas por el organismo como consecuencia del real decreto sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público. Por último, se han introducido actualizaciones terminológicas y otras adaptaciones relacionadas con cambios organizativos en el Banco de España. El régimen de delegación de competencias de la comisión ejecutiva del Banco de España vigente hasta ahora se publicó en el BOE el 2 de junio de 2015 y fue posteriormente modificado en cuatro ocasiones (la última el pasado mes de septiembre), con el fin de mejorarlo y adaptarlo a la organización interna del Banco de España en cada momento. A partir de mañana, dicha publicación y sus modificaciones quedarán sin efecto, entrando en vigor un nuevo régimen de delegación de competencias.

La comisión ejecutiva del Banco de España ha revisado de manera integral su régimen de delegación de competencias para adaptarlo a la nueva normativa de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, así como a la ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (la Ley Hipotecaria), según publica hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El Banco de España también considera que “determinados desarrollos recientes” aconsejan abordar todas las decisiones de política macroprudencial de manera no diferenciada por parte de la comisión ejecutiva, por lo que ve aconsejable establecer un régimen en el que no se contemplen determinadas delegaciones existentes hasta la fecha en esta materia a favor del director general de Estabilidad Financiera, Regulación y Resolución.

Asimismo, ha introducido modificaciones en las delegaciones relacionadas con la tramitación de las solicitudes de acceso a la información pública para agilizar los procedimientos y facilitar el cumplimiento de los plazos establecidos en la ley.

El Banco de España también ha estimado conveniente contemplar una nueva delegación relativa a las nuevas funciones asumidas por el organismo como consecuencia del real decreto sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.

Por último, se han introducido actualizaciones terminológicas y otras adaptaciones relacionadas con cambios organizativos en el Banco de España.

El régimen de delegación de competencias de la comisión ejecutiva del Banco de España vigente hasta ahora se publicó en el BOE el 2 de junio de 2015 y fue posteriormente modificado en cuatro ocasiones (la última el pasado mes de septiembre), con el fin de mejorarlo y adaptarlo a la organización interna del Banco de España en cada momento.

A partir de mañana, dicha publicación y sus modificaciones quedarán sin efecto, entrando en vigor un nuevo régimen de delegación de competencias.

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