Finanzas

El Gobierno flexibiliza los créditos de la banca

Banco de España - Foto: Raúl Fernández

La banca no deberá lanzar una OPA si sobrepasa el 30% del capital de las empresas en apuros y el Banco de España relajará las exigencias de provisiones. El Gobierno ha aprobado hoy un real decreto ley de Medidas urgentes para financiación y reestructuración de empresas, por el que se reforma la ley concursal, y con el que espera facilitar que la banca llegue a acuerdos con compañías que estén en apuros pero sean viables.

Por ello, el Ejecutivo modifica la ley para incluir medidas que faciliten la celebración de acuerdos de refinanciación, potencien las quitas y los aplazamientos de pago, así como la conversión de deuda en capital, tal y como estaba previsto.

Según publica la agencia Europa Press, fuentes del Ministerio de Economía han enmarcado esta reforma “quirúrgica” de la ley concursal en el objetivo de contribuir a acelerar la recuperación e impulsar el crédito. El decreto insiste en la fase pre concursal para facilitar el acuerdo entre deudores y acreedores y evitar así la liquidación de empresas. El Gobierno además ha eliminado la obligación de un experto independiente, puesto que suponía en ocasiones un “coste y dilación” adicional al proceso.

En el caso de acuerdos colectivos de refinanciación homologados judicialmente, la mayoría exigida del acuerdo pasa del 55% al 51% (mayoría simple). En los préstamos sindicados, se entiende que los acreedores prestamistas suscriben el acuerdo de refinanciación cuando voten a favor el 75% del pasivo representado por el préstamo, salvo que las normas que regulan la sindicación establezcan una mayoría inferior.

Si el 60% de los acreedores de pasivos financieros han acordado esperas (aplazamientos) hasta cinco años y la conversión de créditos en préstamos participativos por el mismo plazo, estas medidas se extenderán a los acreedores disidentes sin garantía real. Si el acuerdo ha sido suscrito por el 75% de los acreedores de pasivos financieros, se extenderán a los acreedores disidentes: las esperas entre cinco y diez años.

A raíz de estos cambios en la ley concursal, el Gobierno encomienda al Banco de España a que establezca reglas homogéneas para mejorar la calificación de la deuda subsistente tras un acuerdo de refinanciación. La institución que dirige Luis María Linde tendrá que fijar estos criterios “en un breve plazo”, lo que mejorarán el tratamiento de las provisiones constituidas por la banca.

El Ministerio de Economía espera que el porcentaje de deuda empresarial, situada en el 130% del PIB en la actualidad, que se pueda acoger a este nuevo marco supere el 10%, lo que tendrá efectos dinamizadores sobre la evolución de la economía y su recuperación.

El anteproyecto además modifica el Real Decreto de régimen de Ofertas Públicas de Adquisición (OPA). Así pues, se exceptúa la OPA y la necesidad de solicitar dispensa de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en procesos de capitalización derivados de las nuevas normas. Esto es, si un acreedor sobrepasa el 30% del capital tras convertir deuda en acciones no tendrá la obligación de comprar la empresa. Ahora bien, si este mismo acreedor adquiere luego paquetes adicionales si tendría que lanzar una OPA.

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