El Banco de España endurecerá su régimen de incompatibilidades para evitar nuevos casos como el de Roldán

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El Banco de España endurecerá su régimen de incompatibilidades para evitar nuevos casos como el de Roldán

Banco de España, Madrid - Foto: Raúl Fernández

Los directores generales del Banco de España no podrán desempeñar durante un período de dos años ninguna actividad profesional ligada a las entidades de crédito. La Comisión Ejecutiva del Banco de España adaptará el reglamento interno para que los directores generales del supervisor no puedan desempeñar durante un período de dos años cualquier actividad profesional ligada a las entidades de crédito. Esta medida se anuncia en pleno pulso entre el ministro de Economía, Luis De Guindos, y la Asociación Española de Banca (AEB), por el posible nombramiento de José María Roldán, exdirector de Regulación como nuevo presidente de la patronal bancaria.

En una críptica nota de prensa, la institución que dirige Luis María Linde señala que actualmente sólo el gobernador y el subgobernador se encuentran afectados por el régimen de incompatibilidades regulado en el artículo 26.1 de la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España, que impide a aquellos desempeñar cualquier actividad profesional ligada a las entidades de crédito o a los mercados de valores durante un período de dos años tras su cese en el cargo.

El régimen aplicable al gobernador y al subgobernador es más estricto que el establecido con carácter general para los altos cargos del sector público estatal durante el mismo período de dos años, ya que incorpora una incompatibilidad absoluta para trabajar en ciertos sectores, con independencia de que aquellos hubieran adoptado, o no, alguna resolución en relación con una determinada empresa o sociedad privada, como exige el citado régimen general.

Por el contrario, el régimen de incompatibilidades aplicable a los directores generales del Banco de España está fijado en el reglamento interno desde 1996, cuando se estableció una incompatibilidad absoluta para incorporarse a entidades sujetas a la supervisión del Banco de España durante un período de seis meses posterior al cese en el cargo. Esta limitación afecta igualmente a la posible incorporación de los directores generales del Banco de España a cualquier asociación representativa de entidades de crédito. No obstante, Roldán, que abandonó su cargo de director de Regulación a principios de octubre, no tendría ningún problema para entrar en la presidencia de la AEB en abril, en sustitución de Miguel Martín.

Sin embargo, la Comisión Ejecutiva ha acordado, en su sesión del 14 de noviembre, encomendar a la Secretaría General que, previos los análisis e informes que se consideren necesarios, proceda a elaborar una propuesta de adaptación del reglamento interno del Banco de España en lo que se refiere al régimen de incompatibilidad aplicable a los directores generales tras su cese de acuerdo con la misma ley a la que ya están sometidos el gobernador y el subgobernador, que impone esta incompatibilidad de dos años.

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