El juez del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao, Aner Uriarte, ha resuelto no celebrar juicio por la demanda de impugnación que la constructora ACS presentó contra dos acuerdos alcanzados durante la última junta de accionistas de Iberdrola, celebrada en mayo.
El magistrado ha decidido que el único objetivo del proceso es determinar si dichos acuerdos de la junta vulneran o no la ley, por lo que ha rechazado la prueba pericial presentada por la eléctrica, con la que pretendía demostrar que las modificaciones buscan la mejora del sistema del gobierno corporativo.
La defensa del grupo constructor mantiene que Iberdrola impuso una limitación del derecho al voto del 10% en la junta de accionistas de mayo. Según los abogados de ACS, que ostenta el 19%, esto determinó que la constructora viese mermada su capacidad de decisión y vulneraba la Ley de Sociedades Anónimas. Por ello, asegura que la discusión es estrictamente “jurídica”.
La eléctrica defiende que en el momento de la celebración de la junta, no estaba en vigor dicha Ley de Sociedades y la limitación era lícita. Además, ha pedido al juez que se pronuncie acerca del hecho de que, de la demanda, se concluya que ACS enmarca la aprobación de los acuerdos dentro de una «actitud de hostigamiento», y que alegue “abuso de derecho”.
El juez ha considerado que no debe pronunciarse sobre estos elementos “subjetivos” que no afectan a determinar si los acuerdos se adecuan o no a la ley, y ha señalado que, al no haber admitido la prueba pericial de la eléctrica, no se celebrará un juicio.
El magistrado ha dado un plazo de diez días procesales a ACS para que presente sus conclusiones, y abrirá a continuación un nuevo periodo de diez días para que Iberdrola haga llegar las suyas. Tras la recepción de todas las conclusiones, dictará sentencia.







