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La Fiscalía rechaza volver a pedir la imputación de Spottorno por las tarjetas ‘black’

La Fiscalía Anticorrupción considera que las tarjetas ‘black’ no eran un complemento salarial “legal”. La Fiscalía Anticorrupción ha coincidido con la acusación popular ejercida por UPyD en que las tarjetas ‘black’ “nunca” podían tener la consideración de “retribución debida ni de complemento salarial legal”, al no tener un reflejo contractual ni haberse declarado las cantidades dispuestas a Hacienda, pero rechaza volver a pedir la imputación de doce exdirectivos.

Según publica la agencia Europa Press, que cita el escrito, el fiscal Alejandro Luzón ha presentado a la petición de la formación magenta de volver a imputar a doce exdirectivos de Caja Madrid, entre los que se encuentran el exjefe de la Casa del Rey Rafael Spottorno, cuyos casos fueron archivados provisionalmente por el juez Fernando Andreu, que les mantuvo como partícipes a título lucrativo del delito cometido por los administradores.

El Ministerio Público explica que “el cauce de emisión de las tarjetas, la forma de contabilizar los gastos, su no reflejo contractual o el hecho de que las cantidades dispuestas no eran declaradas al fisco son datos que apuntan en la dirección de que no eran retribuciones debidas”.

Por ello, destaca que los exdirectivos “deben devolver lo ilícitamente percibido”, pero precisa que no puede “razonablemente” construirse una participación “relevante” suya en la emisión de las tarjetas ya que, “sencillamente, no les competía” esta decisión.

En este sentido, el fiscal discrepa de UPyD sobre su petición de volver a imputar a los exdirectivos al entender que los “únicos” responsables penalmente son quienes tomaron esa decisión y añadir que la Ley de Cajas de Ahorro de la Comunidad de Madrid no se aplica sobre los directivos, que “ninguna responsabilidad, más allá de la fiscal, tendrían por la percepción de estas remuneraciones”.

Argumenta que “los directivos, a diferencia del resto de imputados, recibieron estas tarjetas claramente como irregular complemento retributivo, como se infiere no solo de las declaraciones de los usuarios y de quienes se las entregaron, sino también del hecho de que tenían otra tarjeta de empresa, esta si para gastos de representación, que justificaban debidamente”.

“El que no se deduzca reproche –provisionalmente– respecto a los directivos que cobraron no implica que esas percepciones fueran ajustadas a derecho y fueran, en definitiva, debidas. Antes al contrario, todo apunta a que no lo fueron, de ahí que respecto a esos pagos sí se mantenga la responsabilidad de quienes los acordaron, únicos responsables de la emisión de la tarjetas”, concluye.

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La Fiscalía rechaza volver a pedir la imputación de Spottorno por las tarjetas ‘black’

E.B.

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