El Gobierno alardea de la rebaja del IRPF de su reforma fiscal, pero opta por un tono mucho más cauto a la hora de contar qué impuestos subirán en los próximos meses. No sólo de las anunciadas rebajas de impuestos se compone la reforma fiscal que se ultima en los despachos del Gobierno. Aunque desde las filas del PP no se predique mucho sobre este asunto, ya se sabe de algunas cargas y tributos que subirán para compensar la pérdida de ingresos que acarreará la reducción de las cargas a la renta.
El encargado de dejar entrever estos cambios al alza ha sido el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro. El mismo que el pasado viernes y desde la mesa del Consejo de Ministros se encargaba de explicar con todo lujo de detalles los positivos efectos de la rebaja del IRPF para los ciudadanos. Sin embargo, habrá una excepción a esta regla: las indemnizaciones por despido comenzarán a tributar el impuesto sobre la renta, tal y como ha confirmado el popular.
Aunque la tasa a la indemnización por despido se pretende aplicar retroactivamente desde el pasado 20 de junio, el Gobierno ha dejado la puerta abierta a una hipotética negociación con los agentes sociales de forma que se fije un acuerdo sobre el umbral mínimo para imponer esta carga. Fernando Ferré, secretario de Estado de Hacienda y ‘número dos’ de Montoro, ha explicado que de momento se baraja un mínimo exento de tributar equivalente a 2.000 euros. Una frontera para, según ha dicho, evitar “el abuso de la utilización de los despidos improcedentes”.
La decisión, sin embargo, no cumple con las recomendaciones que el comité de sabios congregado por el Gobierno le sugirió: pagar impuestos en todos los casos por el 100% de la indemnización. Sí que atiende sus sugerencias al suprimir de la exención por despidos colectivos o fruto de un expediente de regulación de empleo ya aprobado.
Todavía en lo que se refiere a la vinculación y retribución de las empresas a sus trabajadores, se acabó el chollo de pagar en acciones propias para esquivar al fisco. Esta práctica, utilizada sobre todo por las grandes compañías cotizadas para retribuir a sus trabajadores de mayor rango, tendrá que tributar al 70% en lugar del 60% que hasta ahora se venía aplicando sobre sus rendimientos con periodo de generación superior a dos años u obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo.
También los inversores que cobren dividendos de aquellas empresas en las que tengan participación verán que sus carteras no engordan tan rápido como hasta ahora. Y es que, el Ejecutivo ha decidido eliminar la exención de impuestos para los primeros 1.500 euros cobrados en este concepto. Algo que, según han comentado algunos analistas, podría incentivar el recurso a la cada vez más empleada fórmula del scrip dividend que de momento se libra de tributar.
En el capítulo laboral, otra medida más que se refiere en este caso a los planes de pensiones. La reforma del ministro Montoro reduce a 8.000 euros el umbral de aportaciones que quedaría exento de cargas fiscales. Hoy por hoy, los contribuyentes tienen derecho a rebajar su base imponible en el impuesto a la renta en un máximo de 10.000 euros anuales por el dinero que destinen a su jubilación. No obstante, la media de aportación se reduce a apenas 1.375 euros anuales.
Ya en otro terreno, caen las deducciones por alquiler de vivienda. Tener un piso arrendado dejará de ser tan rentable como hasta ahora, porque el Gobierno considera que el mercado de vivienda ya está mejor que cuando se impulsó esta medida. La deducción a los propietarios a la hora de declarar los pagos de sus inquilinos caerá al 50%. Hasta el 1 de enero de 2015, cuando se espera que entre en vigor este cambio, seguirán descontándose un 60% en su declaración, y un 100% si se trata de menores de 35 años.
Pierde atractivo también vivir en una casa ajena. Se suprime toda deducción por alquiler con la excusa de “homogeneizar” el tratamiento fiscal por vivienda habitual ya sea en propiedad o en renta. No obstante, el cambio no será tan radical en este caso y el Gobierno se ha encargado de explicar que “al igual que cuando se suprimió la deducción por inversión en vivienda” se articulará todo un régimen transitorio para amortiguar el impacto -esta vez negativo- para los contribuyentes en alquiler con anterioridad a 2015.
Finalmente, vuelve una norma que había sido desechada en 2010. La conocida como ‘ley Beckham’ vuelve para hacer que los extranjeros miren con buenos ojos la reforma fiscal emprendida. Los impatriados podrán gozar de un tipo fijo del 24% en su declaración de IRPF para los primeros 600.000 euros anuales de retribución. En el momento de su lanzamiento, en el año 2005 se la puso este sobrenombre porque el futbolista británico fue uno de los primeros en beneficiarse de ella. Ahora, sin embargo, parece que no podrán acogerse a la versión reeditada de la normativa los deportistas profesionales.






