Vivienda
Primeras reacciones tras conocerse hoy que el Tribunal Supremo descarta que las hipotecas vinculadas al IRPH sean abusivas, si bien reconoce que carecen de la transparencia debida. “Estupor” o “absoluta decepción” son algunas de las palabras deslizadas a la espera de que en los próximos días se conozca la sentencia.
“A falta de leer la sentencia, el Tribunal Supremo da una vez más la espalda a los consumidores”, ha criticado Almudena Velázquez, co-directora legal de reclamador.es. “No tenemos el texto y no podemos valorar adecuadamente, pero con lo que resalta la nota de prensa emitida por el Alto Tribunal, podemos decir que nos produce una absoluta decepción y estupor la decisión del Tribunal Supremo, que deja desprotegidos a los afectados por IRPH en España”.
El alto tribunal “aprecia que existe falta de transparencia en los casos que ha seguido pero no considera la cláusula abusiva”, se lamenta Velázquez, que añade que aún “nos falta examinar la sentencia para poder pronunciarnos sobre cuáles han sido los elementos que ha tenido en cuenta el Supremo para considerar que la cláusula no es abusiva”.
Por su parte, la asociación Asufin considera que el Supremo “no ha zanjado la polémica del IRPH” a través de una sentencia que califica de “salomónica”. “Los consumidores tenemos claro que el IRPH ha sido un índice a todas luces manipulable”, afirma Patricia Suárez, presidenta de Asufin, que hace hincapié en que la vía europea “queda totalmente abierta”.
“Seguimos teniendo pendiente de resolución ante el TJUE la cuestión prejudicial del juzgado de primera instancia de Reus y sabemos de la intención del juzgado de primera instancia 38 de Barcelona de seguir interrogando a Luxemburgo”, recuerda Suárez, que también pone el foco en el voto particular que de nuevo ha emitido el magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas.
El Supremo ha deliberado y resuelto cuatro recursos de casación en relación con las hipotecas vinculadas al IRPH. En los cuatro recursos resueltos, siguiendo la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), ha apreciado “falta de transparencia por no haberse informado de la evolución del índice de los dos años anteriores”, señala el alto tribunalen un comunicado.
No obstante, y siguiendo también la jurisprudencia de la justicia europea, “ha procedido a hacer el análisis de abusividad concluyendo, en los casos enjuiciados, que no había abusividad”.
El fallo cuenta con el voto particular del magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas y ha sido comunicado ya a los procuradores de las partes. El texto íntegro de la sentencia se redactará en los próximos días.
Todavía queda pendiente un quinto recurso sobre IRPH que también se deliberará hoy pero que presenta perfiles diferentes, por versar sobre una vivienda de protección oficial, apunta el Supremo.
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