La Ley General de Comunicación Audiovisual establece en 12 minutos por hora natural el límite de tiempo de emisión de los anuncios. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto expediente sancionador a Mediaset y Atresmedia por superar los límites de tiempo de emisión dedicados a los mensajes publicitarios.
La CNMC recuerda en una nota que la Ley General de Comunicación Audiovisual establece el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta en 12 minutos por hora natural: “Para el cómputo de esos 12 minutos se tendrá sólo en cuenta el conjunto de los mensajes publicitarios y la televenta, excluyéndose el patrocinio y el emplazamiento».
La norma también especifica que «se excluirá del cómputo la telepromoción cuando el mensaje individual de la telepromoción tenga una duración claramente superior a la de un mensaje publicitario y el conjunto de telepromociones no supere los 36 minutos al día, ni los 3 minutos por hora de reloj”.
Las infracciones -de carácter leve- detectadas en Telecinco y Cuatro tuvieron lugar entre los meses de octubre a diciembre de 2014. Las detectadas en Antena 3, también de carácter leve, tuvieron lugar en noviembre y diciembre del año pasado.
Se abre ahora un periodo máximo de 6 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC. Ambos grupos disponen de un plazo de quince días para presentar alegaciones.
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