Fachada de una sucursal de Alquiler Seguro en una calle concurrida.
En la resolución, que Consumo ha comunicado a la citada organización de consumidores tal y como establece la ley al estar personada como parte en el procedimiento, se desestiman las 13 alegaciones presentadas por Alquiler Seguro.
En el expediente sancionador, firmado por el secretario general de Consumo y Juego, Andrés Barragán, se desgranan una tras otra las “numerosas irregularidades localizadas en los contratos que la inmobiliaria formaliza con los arrendatarios”, según detalla Facua en una nota.
Entre las “prácticas fraudulentas detectadas”, detalla, está “la imposición de un supuesto servicio de atención al inquilino que disfraza el cobro a los arrendatarios de gastos que debe soportar el propietario del inmueble”. También, “la obligación de contratar un seguro del hogar -cuestión que también debe competer al arrendador-” y “un estudio de solvencia económica”, así como “limitar el derecho de desistimiento del contrato e imponer igualmente a los inquilinos todos los gastos derivados de posibles reclamaciones judiciales o extrajudiciales”.
La organización de consumidores denunció a la inmobiliaria en noviembre de 2023 por obligar a los inquilinos a abonarles el equivalente a un mes de renta más el 21% de IVA, “cobro que justificaban en la prestación de un ‘servicio de atención al inquilino’ que incluía, entre otros, ‘asesoramiento para las gestiones de cambio de titularidad de los suministros energéticos, ‘asesoramiento jurídico’ sobre el contrato de alquiler e incluso ‘resolución de siniestros e incidencias’, una gestión que en muchos casos corresponde al propio arrendador”.
La resolución sancionadora concluye que la inmobiliaria ha cometido seis infracciones calificadas como “muy graves” y una como “grave” en virtud de lo dispuesto por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Las seis infracciones muy graves han derivado en una multa de un millón de euros, otra de 990.900 euros, tres de 500.000 euros y otra de 100.001 euros. La infracción grave se sanciona con 10.001 euros. En total, 3.600.902 euros.
Ahora, la empresa puede presentar un recurso de alzada ante el Ministro de Consumo antes de agotar la vía administrativa.
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