CCOO acusa a Ryanair de incumplir el requerimiento de Inspección de Trabajo sobre las medidas en olas de calor

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CCOO acusa a Ryanair de incumplir el requerimiento de Inspección de Trabajo sobre las medidas en olas de calor

La organización sindical ha recordado que esta resolución se produjo el pasado lunes y abarca los trabajos de empuje y remolque de aeronaves con el equipo 'push-back'.

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CCOO Madrid ha denunciado este viernes que la compañía aérea Ryanair continúa sin cumplir el requerimiento de la Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid que ordenó la paralización parcial del centro de handling de Ryanair en el aeropuerto Madrid-Barajas por incumplir medidas de prevención relacionadas con las altas temperaturas.

En un comunicado, la organización sindical ha recordado que esta resolución se produjo el pasado lunes y abarca los trabajos de empuje y remolque de aeronaves con el equipo ‘push-back’ en el centro de trabajo de la aerolínea en el aeropuerto de la capital.

Una medida que se adopta, según CC.OO, al considerar que las personas trabajadoras estaban bajo «riesgo grave e inminente» para su salud por exposición a temperaturas extremas y recalca que la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) emitió parte de alerta naranja durante los días 17, 18 y 19 de julio en Madrid.

Ante este escrito, Ryanair ha asegurado a Europa Press que cumple «plenamente» la legislación española, incluidas «todas las normas de salud y seguridad», y ha confirmado que sus operaciones de handling en Madrid «seguirán funcionando con normalidad».

En este sentido, ha anunciado que han puesto en marcha varias medidas en el aeropuerto de la capital, incluidas las recomendadas en el informe de la Inspección de Trabajo, para evitar la exposición a posibles riesgos derivados del calor.

Entre las acciones se incluye una inversión de 450.000 euros en un nuevo tractor ‘push back’ que reduce los tiempos de remolque en un 50%, la instalación de vinilos oscuros en cada tractor ‘push back’ para «mantener temperaturas más bajas y la aplicación de nuevos procedimientos».

Por su parte, CC.OO. ha recordado que el pasado junio de 2022 presentaron una denuncia ante la autoridad laboral por la falta de medidas preventivas por parte de la aerolínea ante el aumento de las altas temperaturas y, por ende, una excesiva exposición al calor.

Ante la «desidia empresarial», CC.OO. impulsó, junto al comité de empresa, una reunión el 17 de julio para proceder a la votación de la paralización parcial de las actividades de los vehículos ‘push-back’. Esta votación fue aprobada por unanimidad y la DGT ratificó la paralización de la actividad.

«A pesar del requerimiento la empresa continúa a fecha de hoy incumpliendo dicho requerimiento de Inspección de Trabajo exponiendo a los trabajadores y a las trabajadoras a un riesgo de accidente muy grave e incluso mortal por exposición a altas temperaturas con una posible derivada en golpe de calor», ha recalcado CC.OO. Madrid en un comunicado.

La organización sindical ha recordado que con la entrada en vigor el pasado mes de mayo del RDL 4/2023 de 11 de mayo se introducen modificaciones legales que afectan a los límites de exposición de las plantillas a altas temperaturas, modificando también el RD 486/1997 de 14 de abril.

«Por tanto, este acuerdo de paralización se toma tras haber intentado la representación de CC.OO., sin éxito, que la empresa adopte las medidas necesarias para proteger la seguridad y salud de la plantilla que permitan reducir o eliminar el riesgo mencionado, incumpliendo sus obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales», ha reseñado.

Este acuerdo de paralización lo ratifica la Dirección General de Trabajo en tanto no se adopten las medidas preventivas que ha establecido la Inspección de Trabajo.

CUMPLIMIENTO DE TRES MEDIDAS

El escrito de la DGT señala que la actividad será paralizada hasta que no cumplan las siguientes medidas. En primer lugar, los vehículos ‘push-back’ serán tomados y aparcados al finalizar la actividad en el lugar con sombra facilitado a Ryanair por Anea, una vez que la empresa ha optado por suscribir el correspondiente contrato de alquiler de espacio.

Además, cuando se realice una operación durante el tiempo al que se refiere la alerta naranja meteorológica, los trabajadores que intervienen en dicha operación tendrá un tiempo en las oficinas de la empresa para hidratarse y para refrigerarse en lugar climatizado, con temperatura controlada no superior a 27.

Por último, el escrito señala que se tiene que «garantizar la dotación y el uso por parte de los trabajadores que intervienen en la operación a pleno sol, de gorra, protección solar y disposición en el sitio de trabajo de agua fresca».

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