Cataluña baja de diez a cinco los inmuebles para ser gran tenedor

Cataluña baja de diez a cinco los inmuebles para ser gran tenedor

Los promotores sociales no serán considerados grandes tenedores ni los privados “que tengan por objeto la promoción de inmuebles de protección oficial” para la venta.

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Edificio de viviendas.

La Generalitat de Cataluña bajará de diez a cinco los inmuebles para considerar a los propietarios como grandes tenedores. Así lo ha decidido el Gobierno autonómico, que ha resuelto ya la cincuentena de alegaciones que ha recibido la declaración de 140 municipios como zonas de mercado residencial tensionado con el objetivo de poder limitar el precio del alquiler.

Las enmiendas que se han introducido en la memoria definitiva, que se enviará en los próximos días al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, son dos, detalla la Generalitat.

Por un lado, se rebaja de “más de diez” a “cinco o más” el número de inmuebles de propiedad que marcan, por ley, quien es un gran tenedor. Por otro, los promotores sociales no serán considerados grandes tenedores. “Tampoco los promotores privados que tengan por objeto social la promoción de inmuebles de protección oficial destinados a la venta y no al alquiler”, detalla en una nota.

Con estos dos cambios, el Ejecutivo catalán considera gran tenedor a la persona física o jurídica propietaria de cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados de uso residencial, excluyendo garajes y trasteros con excepción de los promotores sociales.

La memoria definitiva ha sido firmada para que pueda ser aprobada y, por tanto, pueda entrar en vigor en la menor brevedad posible. “Esto permitirá la limitación del precio del alquiler en estos 140 municipios, en los que residen 6,2 millones de personas, un 80,6% de la población”, destaca.

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