La Agencia Tributaria pone en marcha la Campaña de la Renta y Patrimonio 2024 con importantes cambios respecto a ejercicios anteriores. Desde este miércoles 3 de abril, los contribuyentes pueden presentar su declaración a través de Internet y consultar sus datos fiscales en la web y aplicación de la AEAT. La campaña se extenderá hasta el 30 de junio de 2025, con diversas modalidades de asistencia y novedades normativas que conviene conocer.
Calendario de la Renta: fechas clave y modalidades de presentación
El calendario de la Agencia Tributaria establece las siguientes fases:
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Desde el 3 de abril: presentación telemática de declaraciones por Internet.
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Del 6 de mayo al 30 de junio: presentación por teléfono con cita previa disponible desde el 29 de abril.
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Del 2 al 30 de junio: presentación presencial en oficinas, con cita previa desde el 29 de mayo.
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Hasta el 25 de junio: plazo máximo para presentar declaraciones con resultado a ingresar y domiciliación bancaria.
Si necesitas ayuda, puedes optar por atención telefónica o presencial, pero asegúrate de solicitar cita dentro del plazo correspondiente
Bizum entra en escena: nuevos métodos de pago del IRPF
Por primera vez, los contribuyentes podrán abonar el resultado de sus declaraciones mediante Bizum, además de los métodos tradicionales como domiciliación bancaria, cargo en cuenta, pago mediante NRC o en entidades financieras. Esta medida busca facilitar y modernizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Rectificaciones más sencillas con la autoliquidación rectificativa
La AEAT introduce una autoliquidación rectificativa que reemplaza el sistema dual anterior (autoliquidación complementaria y solicitud de rectificación). Con este nuevo sistema, el contribuyente podrá corregir errores o modificar su declaración sin esperar una resolución administrativa.
Obligaciones: autónomos, beneficiarios del IMV y exenciones
Entre los obligados a presentar declaración figuran:
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Autónomos, sin importar sus ingresos.
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Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
En cambio, los perceptores de prestaciones por desempleo no estarán obligados a declarar este año, a pesar de que inicialmente sí se preveía.
Apoyo a mayores y atención personalizada en pequeños municipios
La asistencia presencial y telefónica se mantiene para personas mayores, especialmente a través del plan ‘Le Llamamos’. Además, continúa el programa especial para mayores de 65 años residentes en pequeños municipios, en colaboración con la Plataforma de Mayores y Pensionistas (PMP).
Mutualistas: devolución del IRPF en un solo pago
Los mutualistas jubilados que tienen derecho a devolución del IRPF (por pagos indebidos entre 2019 y 2022) podrán reclamarla en un solo trámite durante 2025, tras la modificación normativa anunciada por Hacienda. Se elimina así el procedimiento anterior que exigía solicitudes año a año entre 2025 y 2028.
Este cambio responde a las reclamaciones de asociaciones y sindicatos que exigían mayor simplicidad en el proceso de devolución.
Exenciones fiscales por la DANA: quién puede beneficiarse
Los damnificados por la DANA podrán beneficiarse de varias medidas:
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Exención de ayudas por daños personales y materiales, incluyendo indemnizaciones del Consorcio de Compensación de Seguros.
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En caso de ganancia patrimonial por las ayudas, esta queda excluida de gravamen si no supera el valor de la indemnización.
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Los autónomos en módulos de zonas afectadas tienen una reducción del 25% en el IRPF y el IVA, y pueden optar excepcionalmente por tributar en estimación directa simplificada.