Bruselas niega tener una investigación abierta sobre la ayuda a Plus Ultra
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Bruselas niega tener una investigación abierta sobre la ayuda a Plus Ultra

"Corresponde a los Estados miembros decidir si un esquema aprobado bajo el Marco Temporal de ayudas de Estado debe dar ayudas a empresas específicas".

Plus Ultra Líneas Aéreas
Plus Ultra Líneas Aéreas

La Comisión Europea ha negado este miércoles que haya abierto una investigación sobre la legalidad de la ayuda de 53 millones de euros concedida por el Gobierno español a la aerolínea Plus Ultra, según ha confirmado ha Europa Press un portavoz del Ejecutivo comunitario.

«La Comisión no tiene una investigación abierta sobre esta materia», ha señalado el portavoz, que sin embargo confirma que Bruselas ha recibido una petición de «información de mercado» por parte del eurodiputado de Ciudadanos Luis Garicano.

«Por el momento no tenemos comentarios que hacer sobre el contenido de esta petición o de forma más general sobre esta medida específica», ha añadido a continuación.

La Comisión Europea ha recordado que en julio del año pasado dio luz verde al fondo de 10.000 millones de euros creado por España para conceder ayudas a compañías afectadas por la crisis económica derivada de la pandemia, así como «varios programas de apoyo a empresas» en forma de avales o préstamos públicos.

«Corresponde a los Estados miembros decidir si un esquema aprobado bajo el Marco Temporal de ayudas de Estado debe dar ayudas a empresas específicas y garantizar que se cumplen las condiciones y salvaguardias de dichos programas aprobados por la Comisión», ha explicado el portavoz.

Bruselas asume, por tanto, que la polémica ayuda de 53 millones que el Gobierno ha concedido a la aerolínea Plus Ultra se enmarca en el fondo de recapitalización de empresas autorizado el pasado año. Según las normas que sirven de base para este fondo, aquellas ayudas que son inferiores al umbral de 250 millones de euros no tienen que ser notificadas a las autoridades europeas de Competencia.

Según establece el reglamento europeo sobre ayudas de Estado, solo las «partes interesadas» pueden remitir denuncias formales. La normativa define «partes interesadas» como «cualquier Estado miembro, persona, empresa o asociación de empresas cuyos intereses pueden ser perjudicados por la concesión de una ayuda.

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