Bárcenas pide enmendar la sentencia de la ‘caja b’ para aclarar que su responsabilidad civil se limita a 123.000 euros

Caja B

Bárcenas pide enmendar la sentencia de la ‘caja b’ para aclarar que su responsabilidad civil se limita a 123.000 euros

El PP y las acusaciones populares ya han avisado a la AN de que recurrirán ante el Supremo.

Luis Bárcenas, extesorero del PP

Luis Bárcenas, extesorero del PP

El ex tesorero del PP Luis Bárcenas ha solicitado a la Audiencia Nacional (AN) que corrija los «errores materiales» que ha observado en la sentencia que le condenó a dos años de cárcel por pagar parte de las obras de reforma de la sede de Génova con la ‘caja b‘ del partido, para aclarar específicamente que su responsabilidad civil queda limitada a 123.669 euros.

En un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, la defensa de Bárcenas pide a la Sala de lo Penal que aclare, subsane y complemente su sentencia del pasado 28 de octubre al considerar que «contiene algunos errores materiales involuntarios», señalando que con uno de ellos se le ha generado «indefensión» por «no coincidir lo dispuesto en el fallo con lo contenido en los fundamentos jurídicos» respecto a la responsabilidad civil.

Precisa que esta «incongruencia» se debe a que, a causa de la redacción, parece que en el fallo se condena a Bárcenas como responsable civil directo y solidario junto a Gonzalo Urquijo y Belén García, los socios de Unifica –el estudio de arquitectura que reformó Génova–, a pagar 870.521,32 euros de la cuota defraudada en el Impuesto de Sociedades (IS) de 2007, mientras que en los fundamentos jurídicos se limita la responsabilidad civil del ex tesorero a «la cuota procedente de los pagos en ‘b’ que fueron ingresos no declarados (…), calculada en 123.669 euros».

«Es evidente que, si en los fundamentos jurídicos se limita de forma clara la cuantía en 123.669 euros, en el fallo no se le debe condenar en la cuantía que se le aplica a Gonzalo Urquijo y Belén García, y de modo subsidiario a la sociedad Unifica, de 870.521,32 euros, sino en la referida de 123.669 euros, por lo que solicitamos sea aclarado el fallo», reclama la defensa.

Además, la letrada Marta Giménez-Cassina aprovecha el escrito para personarse en la causa como nueva abogada de Bárcenas, dado que ha asumido completamente su representación procesal, en sustitución de Gustavo Galán.

UNIFICA DICE QUE PAGÓ MÁS EN EL EJERCICIO DE 2007

Se adhiere asimismo al escrito de rectificación presentado por Unifica, que se refiere igualmente a «errores materiales» relacionados con la declaración del IS de 2007. En concreto, la empresa considera que existe un fallo en el importe abonado en ese ejercicio, que habría sido de 222.256,09 euros y no de 80.633,15 euros, como recoge la sentencia.

En su escrito de rectificación, al que también ha tenido acceso Europa Press, el estudio de arquitectura sostiene que esos 222.256,09 euros abonados a la Agencia Tributaria son «la cifra a detraer de la cuota resultante», si bien este matiz dejaría «la cuota realmente defraudada» en la misma cuantía: los 870.521,32 euros antes mencionados.

Unifica detalla que «lo realmente abonado» por la empresa a la Hacienda Pública «por el Impuesto sobre Sociedades del año 2007 ascendió a 222.256,09 euros divididos de la siguiente forma: 217.861,82 euros en tres pagos fraccionados, 4.394,27 euros en concepto de retenciones e ingresos y pagos a cuenta en participaciones de instituciones de inversión colectiva y los 80.633,15 euros de la cuota a ingresar de la autoliquidación».

Se trata, apunta la empresa, de errores relacionados con el resultado contable, las retenciones, los ingresos y pagos a cuenta y con el tipo de gravamen que reflejan discrepancias con un informe emitido por la propia Agencia Tributaria en 2015, el cual dice expresamente que, pese a figurar un gravamen del 30%, la cuota íntegra de la declaración se calculó aplicando el 32,5%.

En consecuencia, Unifica demanda que se completa el cuadro que desgrana el IS de 2007 con esta mención o que se consigne este último porcentaje como el tipo aplicado efectivamente por la sociedad en el impuesto de ese año.

De igual forma, el estudio constata errores en el ejercicio económico del mismo año y, en particular, relacionados con las cuotas íntegra, integra ajustada positiva, líquida positiva así como con las retenciones, ingresos y pagos a cuenta en las participaciones de instituciones de inversión colectiva.

RECURSOS EN MARCHA

Por su parte, el Partido Popular, que fue condenado como responsable civil subsidiario de Bárcenas en la cuantía de 123.669 euros, ya ha enviado un escrito a la Audiencia Nacional donde anuncia su recurso de casación ante el Tribunal Supremo, según fuentes jurídicas.

No obstante, de forma simultánea la AN absolvió al PP como responsable civil subsidiario por un delito contra la Hacienda Pública en relación al Impuesto de Sociedades de 2008. La sentencia concluyó que las acusaciones populares carecen de legitimación para sostener tal acusación en solitario, sin el respaldo de Fiscalía o Abogacía del Estado.

En todo caso, el tribunal aclaró que, dado que esas rentas en ‘b’ se dedicaron a pagar parcialmente la reforma de Génova y a la cuenta de donativos oficiales, «es decir, al objeto y finalidad del partido», estaban exentas de tributar en el IS de 2008 y recalcó que, incluso en el caso de que no estuvieran exentas, «la cuota defraudada resultante sería muy inferior al límite penal», por lo que no apreció delito fiscal alguno en este punto.

El hecho de que las acusaciones populares persiguieran en solitario este delito fiscal propició que fueran condenadas «a pagar de forma proporcional las costas causadas a la defensa del PP».

Precisamente este razonamiento –la falta de delito fiscal, la ausencia de legitimación y la condena en costas– será uno de los impugnados en los recursos de casación que todas las acusaciones populares (las de ADADE y diputados socialistas valencianos y madrileños; la encabezada por Izquierda Unida; y la de DESC que representa el abogado Gonzalo Boye) han comunicado a la AN que presentarán, de acuerdo con las fuentes consultadas por Europa Press.

LAS OBRAS DE GÉNOVA

La sentencia estableció que mientras Bárcenas ejerció de gerente (1990-2008) y tesorero (2008-2009) del PP «gestionó los fondos en metálico aportados a la formación política como donaciones privadas a través de una contabilidad paralela –contabilidad ‘b’- de cuyo ingreso y gasto no se dejó constancia en la contabilidad oficial, ni por tanto fueron fiscalizadas por el Tribunal de Cuentas».

Fue condenado por un delito continuado de falsedad contable, en concurso con un delito contra la Hacienda Pública por el IS de 2007 de Unifica, en concurso a su vez con un delito continuado de falsedad en documento mercantil, por pagar más de un millón de euros de las obras de Génova con el dinero acumulado en esa ‘caja b’, que estaba ubicada en su mismo despacho, según reveló el fallo.

Al mismo tiempo que condenó a Bárcenas, Urquijo y García –estos últimos a 2 años y 9 meses de cárcel por un delito contra la Hacienda Pública relativo al IS de 2007 en concurso con uno continuado de falsedad en documento mercantil–, y al PP y Unifica como responsables civiles subsidiarios, el tribunal les absolvió de los demás delitos y exoneró completamente al que fuera gerente del PP Cristóbal Páez y la empleada del estudio de arquitectura Laura Montero.

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