Aumentan las reclamaciones por la plusvalía municipal ante el vacío legal

Plusvalía municipal

Aumentan las reclamaciones por la plusvalía municipal ante el vacío legal

Los ayuntamientos no saben cómo actuar ante las miles de peticiones que les están llegando por parte de los contribuyentes tras la sentencia del Constitucional.

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Las reclamaciones que están recibiendo los ayuntamientos a cuenta de la plusvalía municipal no paran de crecer tras la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró nula la fórmula que utilizan los consistorios para calcular este impuesto, que grava el incremento de valor de los inmuebles y se devenga en el momento de su transmisión. El Observatorio Jurídico de Legálitas constata que las consultas sobre plusvalías se quintuplicaron en 2017 respecto al año anterior, especialmente en el segundo trimestre cuando se publicó la citada sentencia.

En la práctica, la fórmula que utilizan los ayuntamientos para calcular el importe del impuesto supone que salga siempre a pagar por parte del contribuyente. Incluso cuando no haya habido ningún incremento de valor, y se haya vendido con pérdidas, como ha ocurrido en muchísimos casos durante los años más difíciles de la crisis.

La sentencia del Tribunal Constitucional concluyó que, tal y como está configurado el impuesto, se vulnera el principio constitucional de capacidad económica, ya que estos artículos someten a tributación situaciones de inexistencia de incremento de valor, esto es, los casos en los que un inmueble se ha transmitido por debajo del precio de compra, ya que, cuando no se ha producido ese incremento de valor, la capacidad económica pretendidamente gravada deja de ser potencial para convertirse en irreal o ficticia, explican desde Legálitas.

La sentencia, por tanto, además de declarar inconstitucionales esos artículos, establece que la Ley de Haciendas Locales ha de ser modificada. Sin embargo, a pesar de que fue publicada en el mes de junio de 2017, la ley no se ha tocado y solo existe una propuesta presentada en marzo de 2018 que deberá seguir sus trámites antes de su aprobación.

Mientras se aprueba la nueva norma, la situación es “inaudita”, tal y como explica Legálitas, ya que los ayuntamientos no saben cómo actuar ante los miles de reclamaciones que les están llegando por parte de los contribuyentes. “En algunos casos, ante la insistencia de los contribuyentes y tras varios escritos presentados, se están recibiendo cartas firmadas por los propios alcaldes en las que se apela a la paciencia del contribuyente ante el vacío legal en el que nos encontramos” y su postura es la de no resolver los recursos o escritos presentados, añaden desde el grupo de despachos de abogados.

¿Qué hacer?

Desde Legálitas aconsejan continuar con las reclamaciones y con los procedimientos que ya estén iniciados, aunque siempre teniendo en cuenta que, al no haber sido modificada la ley, se desconoce en qué términos y condiciones se va a aprobar. En todo caso lo más aconsejable, según Legálitas, será ponernos en contacto con un especialista en Derecho Fiscal para que nos indique qué debemos hacer si recibimos cualquier documento por parte del ayuntamiento. Asimismo, recomienda no tener en cuenta determinados rumores que existen en cuanto a la normativa y su entrada en vigor o alcance de la misma, ya que hasta que no se apruebe y esté publicada, todo lo que se diga de ella son meras especulaciones.

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