Audiencia Nacional anula ERTE de Ryanair que incluía a trabajadores readmitidos del ERE en Canarias y Girona

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Audiencia Nacional anula ERTE de Ryanair que incluía a trabajadores readmitidos del ERE en Canarias y Girona

La Audiencia Nacional ha desestimado la demanda de impugnación interpuesta por Ryanair contra la resolución que revocaba el ERTE por fuerza mayor dictada por la Dirección General de Trabajo.

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La Audiencia Nacional ha desestimado la demanda de impugnación interpuesta por Ryanair contra la resolución que revocaba el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) por fuerza mayor dictada por la Dirección General de Trabajo, según ha informado USO. El sindicato señala que esta sentencia la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional determina que "Ryanair obró de forma fraudulenta para eludir el pago de unos salarios de tramitación a los que estaba condenada por sentencia", al anular el expediente de regulación de empleo (ERE) aplicado por la aerolínea a los trabajadores de las bases de Tenerife, Lanzarote, Gran Canaria y Girona. La sentencia del ERE de Ryanair declaraba nulo este despido colectivo y obligaba a la compañía a readmitir a los trabajadores de forma inmediata "en el trabajo efectivo de su empresa, en las mismas condiciones de trabajo en que venían desempeñando sus servicios antes del despido colectivo y con abono inmediato de los salarios dejados de percibir desde la extinción del contrato". El pasado mes de mayo, tras conocer la nulidad del ERE aplicado, Ryanair presentó una solicitud para la autorización de incluir en el ERTE por fuerza mayor a un total de 206 trabajadores, de los que 12 de ellos no estaban incluidos en el ERE y tampoco en el ERTE solicitado anteriormente por Ryanair, con efectos desde el día 15 de marzo de 2020, dándose por aceptada la solicitud por silencio administrativo. Uso señala que la compañía ocultó a los sindicatos la notificación expresa que realizó Trabajo en mayo y en la que confirmaba el silencio positivo. Por su parte, los sindicatos de tripulantes de cabina (TCP) en Ryanair, USO y Sitcpla, interpusieron recurso de alzada contra la aceptación de la Administración por silencio positivo, que fue estimada por el Ministerio de Trabajo el 10 de agosto. Al estimarse este recurso de alzada, Trabajo anulaba el ERTE de Ryanair para los despedidos readmitidos de Canarias y Girona por fraude, al considerar que la aerolínea pretendía que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) abonara las prestaciones derivadas de la sentencia del ERE nulo. Por tanto, la Audiencia Nacional confirma ahora la resolución de Trabajo y declara la nulidad del ERTE que afectaba a los trabajadores afectados por el ERE en Canarias y Girona y a otros trabajadores que "olvidó" incluir en el ERTE anterior.

La Audiencia Nacional ha desestimado la demanda de impugnación interpuesta por Ryanair contra la resolución que revocaba el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) por fuerza mayor dictada por la Dirección General de Trabajo, según ha informado USO.

El sindicato señala que esta sentencia la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional determina que «Ryanair obró de forma fraudulenta para eludir el pago de unos salarios de tramitación a los que estaba condenada por sentencia», al anular el expediente de regulación de empleo (ERE) aplicado por la aerolínea a los trabajadores de las bases de Tenerife, Lanzarote, Gran Canaria y Girona.

La sentencia del ERE de Ryanair declaraba nulo este despido colectivo y obligaba a la compañía a readmitir a los trabajadores de forma inmediata «en el trabajo efectivo de su empresa, en las mismas condiciones de trabajo en que venían desempeñando sus servicios antes del despido colectivo y con abono inmediato de los salarios dejados de percibir desde la extinción del contrato».

El pasado mes de mayo, tras conocer la nulidad del ERE aplicado, Ryanair presentó una solicitud para la autorización de incluir en el ERTE por fuerza mayor a un total de 206 trabajadores, de los que 12 de ellos no estaban incluidos en el ERE y tampoco en el ERTE solicitado anteriormente por Ryanair, con efectos desde el día 15 de marzo de 2020, dándose por aceptada la solicitud por silencio administrativo.

Uso señala que la compañía ocultó a los sindicatos la notificación expresa que realizó Trabajo en mayo y en la que confirmaba el silencio positivo.

Por su parte, los sindicatos de tripulantes de cabina (TCP) en Ryanair, USO y Sitcpla, interpusieron recurso de alzada contra la aceptación de la Administración por silencio positivo, que fue estimada por el Ministerio de Trabajo el 10 de agosto.

Al estimarse este recurso de alzada, Trabajo anulaba el ERTE de Ryanair para los despedidos readmitidos de Canarias y Girona por fraude, al considerar que la aerolínea pretendía que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) abonara las prestaciones derivadas de la sentencia del ERE nulo.

Por tanto, la Audiencia Nacional confirma ahora la resolución de Trabajo y declara la nulidad del ERTE que afectaba a los trabajadores afectados por el ERE en Canarias y Girona y a otros trabajadores que «olvidó» incluir en el ERTE anterior.

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