El Gobierno aprueba la ley de paridad que afectará también a los órganos constitucionales

Consejo de Ministros

El Gobierno aprueba la ley de paridad que afectará también a los órganos constitucionales

El Ejecutivo remite al Congreso el texto, que extiende los objetivos de paridad al Constitucional, el Consejo de Estado, el Tribunal de Cuentas o el CGPJ.

Tribunal Constitucional

Tribunal Constitucional.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy en segunda vuelta para su remisión al Congreso el anteproyecto de Ley orgánica de representación paritaria de mujeres y hombres en los órganos de decisión para garantizar la paridad en la política, la Administración y las empresas, ampliando su alcance a los órganos constitucionales y de relevancia constitucional.

La norma tiene como meta cumplir con el objetivo de la Agenda 2030 para garantizar a las mujeres y niñas “las mismas oportunidades que los hombres y los niños en el empleo, el liderazgo y la adopción de decisiones a todos los niveles”.

El Gobierno remite ahora al Congreso el texto como proyecto de ley para continuar con su tramitación tras el correspondiente trámite de audiencia pública, que ha permitido ampliar su alcance y flexibilizar más el calendario de implementación en determinados casos.

En concreto, el nuevo texto extiende los objetivos de paridad y participación equilibrada, garantizando que las personas de cada sexo no superen el 60% ni sean menos del 40%, ampliando su alcance a órganos como el Tribunal Constitucional, el Consejo de Estado, el Consejo Fiscal, el Tribunal de Cuentas y el Consejo General del Poder Judicial.

La nueva norma busca garantizar también la representación efectiva de las mujeres en el ámbito político. Para ello, modifica la legislación electoral con el fin de establecer la obligatoriedad de las listas cremallera (candidaturas integradas por personas de uno y otro sexo ordenadas de forma alternativa) en las elecciones de miembros del Congreso, Senado, Parlamento Europeo, asambleas autonómicas, municipios, consejos insulares y cabildos insulares.

Asimismo, traslada al máximo órgano ejecutivo del Estado, el Consejo de Ministros, el principio de representación equilibrada, consistente en que ningún sexo debe tener una presencia inferior al 40% de los puestos en dicho órgano. Este principio se aplicará a la hora de nombrar a las personas titulares de las vicepresidencias y de los ministerios en su conjunto.

Y en el ámbito de la Administración General del Estado, los órganos superiores y directivos (por ejemplo, las secretarías de Estado, las subsecretarías y las direcciones generales) de cada ministerio deberán incorporar también este principio en los próximos cinco años. La obligación se extenderá a todas las entidades del sector público estatal.

Además, el anteproyecto de ley incorpora el mencionado principio de representación equilibrada a distintos ámbitos de la sociedad civil, especialmente el empresarial. Actualmente, la presencia de mujeres en los consejos de administración de las sociedades cotizadas en España se sitúa en el 29,3% (357 consejeras de un total de 1.220), y se limita al 19,6% en el caso de la alta dirección (excluidas altas directivas consejeras). Sin embargo, con la nueva norma, los consejos de administración de las sociedades cotizadas y de las entidades de interés público que tengan más de 250 trabajadores y una cifra de negocios de más de 50 millones de euros o un activo superior a 43 millones deberán tener una composición acorde con este principio, de modo que el número de mujeres no podrá ser inferior al 40% del total de los miembros del consejo. Para lograrlo, deberán adaptarse los procesos de selección para asegurar el cumplimiento de esta disposición, debiendo, en caso de empate entre varios candidatos, elegir al del sexo menos representado en el consejo.

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