La Audiencia Nacional archiva la causa contra los titiriteros por enaltecimiento del terrorismo

Justicia

La Audiencia Nacional archiva la causa contra los titiriteros por enaltecimiento del terrorismo

Audiencia Nacional

El juez Moreno, el mismo que envió a la cárcel a los titiriteros, asevera que no queda “debidamente acreditado” el delito de enaltecimiento de terrorismo. Pese a enviar a los dos titiriteros a la cárcel el pasado mes de febrero durante cinco días, el juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha archivado la causa abierta contra los dos artistas Alfonso Lázaro y Raúl García por enaltecimiento del terrorismo. El magistrado en su auto asevera que no ha quedado “debidamente acreditada la perpetración” del delito imputado en la obra ‘La Bruja y Don Cristóbal’.

No es la única medida que ha decretado el juez Moreno, al rechazar llevar a trámite las denuncias presentadas por las asociaciones de víctimas AVT (Asociación de Víctimas del Terrorismo) y DyJ (Dignidad y Justicia) contra los actores Alberto San Juan y Gloria Muñoz por volver a representar la obra de títeres a los pocos meses del ‘escándalo’.

A pesar de la decisión del juez de la Audiencia Nacional de no apreciar “el elemento intencional de elogiar, enaltecer, alabar o justificar la actividad terrorista o menospreciar o humillar a las víctimas de delitos terroristas o sus familiares”, Moreno ha remitido a los Juzgados de Plaza Castilla la parte de la causa referente a la presunta comisión de un delito contra las libertades públicas y los derechos fundamentales.

De esta manera, se cierra una parte del capítulo de los titiriteros que llegó a traspasar fronteras saltando a la portada de varios medios internacionales por la decisión del juez de mandarles a prisión. Decisión que provocó que Lázaro y García estuviesen cinco días entre rejas hasta que, a petición de la Fiscalía, quedasen en libertad. No obstante, se les prohibió salir de España y se ordenaron comparecencias en el Juzgado.

Aun así, el juez Moreno ha querido insistir y dejar claro que “cualquier persona” que lea la expresión Gora Alka-ETA “puede verificar que con la misma se está alabando o justificando bien a los autores de hechos terroristas o los propios hechos”. Una crítica que, según el magistrado, no importa que “tal exhibición se lleve a cabo bajo la cobertura o con ocasión de la escenificación de una obra con guiñoles”, porque no puede suponer por sí misma “una despenalización de la referida conducta”.

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