El Banco de España tendrá la última palabra sobre las ‘indemnizaciones doradas’ de los banqueros

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El Banco de España tendrá la última palabra sobre las ‘indemnizaciones doradas’ de los banqueros

Edificio del Banco de España

La remuneración variable de los banqueros se reducirá “de forma considerable” cuando la entidad obtenga unos resultados financieros “mediocres o negativos” El Proyecto de Ley de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades de Crédito que presentó el pasado viernes el ministro de Economía y Competitividad, Luis De Guindos, otorgará al Banco de España la última palabra en lo que se refiere a las polémicas ‘jubilaciones e indemnizaciones de oro ’ de los máximos responsables de las entidades, que han sido una constante desde que el inicio de la crisis provocó un proceso de concentración en el sector.

El nuevo texto que el Gobierno llevará a las Cortes Generales impone un límite a la remuneración variable de los banqueros, que no podrá superar el 100% del sueldo fijo, si bien la junta de accionistas de la entidad puede subir este porcentaje hasta un máximo del 200%, siempre que no dañe la solvencia del banco.

Asimismo, esta remuneración variable total se reducirá “de forma considerable” cuando la entidad obtenga unos resultados financieros “mediocres o negativos”, señala el proyecto, “teniendo en cuenta tanto la remuneración actual como las reducciones en los pagos de cantidades previamente devengadas”.

En este último supuesto, dicha reducción se realizará a través de mecanismos de reducción de la remuneración o incluso de recuperación de retribuciones ya satisfechas. Además, al menos el 40% del pago variable se diferirá durante un periodo no inferior a entre tres y cinco años. En las entidades rescatadas, no habrá remuneración variable.

En el caso de los pagos por rescisión anticipada de un contrato, que tan suculentos han sido para algunos antiguos gestores durante la reestructuración de las cajas de ahorros, el Proyecto de Ley establece que se basarán en los resultados obtenidos en el transcurso del tiempo y “no recompensarán malos resultados o conductas indebidas”. En ese sentido, el “Banco de España podrá definir los supuestos que puedan conducir a una reducción de la cuantía de los citados pagos por rescisión anticipada”.

No obstante, si bien el Gobierno mete la tijera en la retribución variable, en línea con la directiva europea, al mismo tiempo no impone ningún límite a la remuneración fija de los banqueros, que tan sólo “deberá estar ligada a la experiencia profesional y a la responsabilidad asumida por el empleado en la entidad en relación con el puesto de trabajo asignado”.

El nuevo texto también impone límites al número de consejos en los que puede participar un consejero: dos más si se ejercen funciones ejecutivas y hasta cuatro si no se ejercen funciones ejecutivas. También prohíbe el ejercicio simultáneo de los cargos de presidente del consejo de administración y consejero delegado, aunque excepcionalmente será autorizado por el Banco de España.

Por último se introduce la obligatoriedad de que las entidades cuenten con un comité de remuneraciones y un comité de nombramientos, y que las entidades publiquen las retribuciones totales percibidas anualmente por todos los miembros de su consejo de administración.

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