El Banco de España pone coto a la guerra de precios en el crédito de la banca

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El Banco de España pone coto a la guerra de precios en el crédito de la banca

Banco de España - Foto: Raúl Fernández

El Banco de España aprueba una modificación de la circular sobre el análisis y la cobertura de riesgos que estrecha el marcaje sobre los créditos por debajo de coste. El Consejo de Gobierno del Banco de España ha aprobado una modificación de la circular contable de las entidades con el objetivo de actualizar el punto sobre “análisis y cobertura del riesgo” (Anejo IX). Con esta actualización, el concepto de dudoso se alineará con el concepto de ‘non performing loan‘ que utiliza la Autoridad Bancaria Europea (EBA por sus siglas en inglés) y el Banco Central Europeo (BCE).

Según han señalado fuentes del Banco de España, hasta el momento los créditos se clasificaban como normales y dudosos, que a su vez se dividían en morosos y subestándar, aquellos en los que no se esperaba recuperar todo aunque seguían al corriente de pago. Este sistema “podía llevar a distintas interpretaciones por parte de las entidades”, señala el supervisor. Aunque la definición de dudoso era hasta ahora “muy similar” a la de ‘non preforming loan’, la institución reconoce que la modificación introducida podría provocar ahora una subida de los dudosos, aunque matiza que estas cifras ya son públicas, por lo que no se espera mucho impacto.

Uno de los cambios más significativos que trae la actualización de la circular se refiere a los créditos que puedan conceder los bancos por debajo de coste. A partir de ahora, las operaciones se tendrán que reconocer por su valor razonable. Si el precio de la transacción está por debajo, la entidad tendrá que tener en cuenta una prima de riesgo.

Las fuentes del Banco de España, que reflexionan que conceder créditos por debajo de coste “no es competir, es hacer trampas”, han señalado que se introducen temas aclaratorios para que se precise si estos créditos deben estar bajo “vigilancia especial”. Además las coberturas deberán ser mayores, ya que no se tendrán en cuenta los tipos de interés que ha cobrado la entidad, sino los que debería haber cobrado (es decir, sumándoles una prima de riesgo).

El crédito ahora es “más barato” de lo que debería haber sido si sólo se utilizaran valoraciones de mercado, debido a la fuerte competencia que hay entre las entidades y que está llevando a bajar los tipos de interés. La circular no pretende invertir esta parte, aclara el supervisor bancario, sino que esta competencia se haga teniendo en cuenta una sana transparencia.

En lo que se refiere a los activos adjudicados, para poner el valor razonable (el valor al que espera poder venderlo) de los mismos los bancos tendrán que tener en cuenta su experiencia de ventas y contar con un valor actualizado, mediante una tasación o valoración automática.

La actualización del Anejo IX, que estará vigente a partir del 1 de octubre, persigue profundizar en la aplicación consistente del marco contable vigente en lo relativo a la clasificación de las operaciones por riesgo de crédito y la estimación de provisiones bajo el modelo de pérdida incurrida, a la espera de que a partir de 2018 la nueva normativa internacional incorpore ya el concepto de pérdida esperada en el marco contable.

En ese sentido, destaca el desarrollo de requisitos mínimos que deben cumplir las metodologías que desarrollen las propias entidades para la estimación individualizada o colectiva de provisiones. Dichos requisitos hacen referencia a la gobernanza, la integración en la gestión, la eficacia, la simplicidad, la documentación y el seguimiento de operaciones.

A pesar de que en 2018 deberá realizarse una nueva circular para adaptarse a los criterios internacionales de cobertura, el supervisor destaca que el cambio no supone cambios transitorios, sino progresivos dentro del marco contable vigente. De este modo, en cuanto se adopte el nuevo modelo en dos años, los principios incorporados en esta circular permanecerán vigentes.

El cambio normativo tampoco implicará un impacto cuantitativo significativo en los niveles de cobertura de las entidades de crédito, si bien conllevará una reasignación de coberturas entre distintas carteras (genéricas o específicas). Ninguna entidad “significativa” tendrá problemas para absorber el impacto de esta circular, considera el supervisor, aunque el impacto real sólo se conocerá cuando comience a aplicarse, partir del mes de octubre.

El Banco de España advierte también de que no supondrá una carta blanca a los bancos para construir modelos arbitrarios y sesgados, a pesar de que los bancos que lo elijan podrán tener su propio modelo interno )a partir de mañana podrán solicitarlo al Banco de España, que deberá validarlo). No se espera que muchos bancos puedan tener su propio modelo interno a octubre, ya que es un proceso “complejo”.

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