Hipotecas

Los clientes recuperarán al menos un 50% del dinero con el fallo del Supremo sobre las cláusulas suelo

Tribunal Supremo

Ausbanc recuerda que desde el 9 mayo de 2013 han pasado casi dos años “de tipos de interés a la baja”. Dos recientes sentencias del Tribunal Supremo han confirmado los criterios de nulidad de las ‘cláusulas suelo’ establecidos por la primera sentencia del 9 de mayo de 2013. En una nueva condena a BBVA, el Alto Tribunal dictamina que siempre que se consideren aplicables dichos criterios, “procederá la restitución al prestatario de los intereses que hubiese pagado a partir de la fecha de la publicación de la sentencia de 9 de mayo de 2013”.

A pesar de que en muchos casos se ha interpretado este fallo como una noticia positiva para los bancos, que se libran de tener que pagar los intereses cobrados con anterioridad a esa fecha, Ausbanc recuerda en un comunicado que desde ese 9 mayo de 2013 han pasado casi dos años “de tipos de interés a la baja”.

Según los cálculos de la asociación, “de hecho y de acuerdo a la consolidación del criterio de retroactividad establecido, los usuarios afectados tienen ya, de entrada, una perspectiva de recuperación media de al menos el 50% del perjuicio sufrido, más un ahorro de las cuotas periódicas futuras que ha alcanzado su máximo con los mínimos históricos del Euribor el pasado mes de marzo”.

Si a esto se une la reciente eliminación de las tasas judiciales para consumidores, la situación “viene a confirmar las excelentes perspectivas del exitoso camino abierto por Ausbanc”, señala la asociación, que considera que la recuperación de estos derechos “está contribuyendo decisivamente a la consolidación de la mejora económica al aumentar la capacidad de consumo y ahorro de las familias, así como a la imprescindible recuperación del nivel de confianza de los consumidores”.

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