Facua aconseja reclamar por los conciertos anulados por Isabel Pantoja

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Facua aconseja reclamar por los conciertos anulados por Isabel Pantoja

Isabel Pantoja

La cantante ha anunciado en su web que cancela las actuaciones que tenía previsto ofrecer en Oviedo, Madrid y Barcelona. FACUA-Consumidores en Acción ha aconsejado a los afectados por la suspensión de los conciertos de Isabel Pantoja que reclamen no sólo el reembolso de las entradas sino también los posibles gastos de transporte ocasionados. La asociación de consumidores se pronuncia así después de que la tonadillera anunciara en su web la cancelación de los conciertos de Oviedo (22 de noviembre), Madrid (23 de noviembre) y Barcelona (12 y 13 de diciembre).

Las entradas, señala FACUA, deben ser reclamadas por los usuarios a las empresas en las que las hayan comprado, que no deben tardar más de un mes en reembolsar su importe. En cuanto al abono de los gastos ocasionados, tiene que exigirse a la empresa promotora de los conciertos, YMAX Producciones.

La asociación considera que en este caso no se trata de una cancelación por causa de fuerza mayor, dado que el motivo de la suspensión de los recitales es la inminente entrada en prisión de la cantante, un riesgo que asumió al organizar los conciertos.

En abril de 2013, Pantoja fue condenada a dos años de prisión por blanqueo de capitales por un caso derivado del llamado Caso Malaya y la sentencia fue ratificada el 24 de octubre por el Tribunal Supremo. El pasado lunes, la Audiencia de Málaga rechazaba la suspensión de su entrada en prisión y ordenaba que ingreso en la cárcel.

FACUA recuerda que el artículo 21.1, de la Ley 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, establece que “el régimen de comprobación, reclamación, garantía y posibilidad de renuncia o devolución que se establezca en los contratos, deberá permitir que el consumidor y usuario se asegure de la naturaleza, características, condiciones y utilidad o finalidad del bien o servicio; pueda reclamar con eficacia en caso de error, defecto o deterioro; pueda hacer efectivas las garantías de calidad o nivel de prestación ofrecidos, y obtener la devolución equitativa del precio de mercado del bien o servicio, total o parcialmente, en caso de incumplimiento o cumplimiento defectuoso”.

El mismo texto en su artículo 21.3 indica en referencia al plazo para atender las reclamaciones que “los empresarios deberán dar respuesta a las reclamaciones recibidas en el plazo más breve posible y en todo caso en el plazo máximo de un mes desde la presentación de la reclamación”.

El anuncio de la suspensión de los conciertos ha llegado por sorpresa ya que, ayer mismo, los abogados de Pantoja pedían a la Audiencia de Málaga que su ingreso en prisión se demorara hasta el 15 de diciembre para poder cumplir con sus compromisos. Además, esta mañana han presentado un recurso de súplica, el último cartucho para evitar la prisión.

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