Glovo
Los ‘riders’ de Glovo, Deliveroo y Uber Eats abandonan el ‘limbo’ legal en el que se encontraban al haber sido incluidos dentro del Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería (ALEH) publicado este sábado en el Boletín Oficial del Estado.
Según los acuerdos de modificación y prórroga del V Acuerdo Laboral de ámbito estatal para el sector de Hostelería, registrados por la Dirección General de Trabajo, los ‘riders’ (repartidores) de las plataformas digitales forman parte del grupo profesional tercero de ‘Repartidor/a de comida y bebida’.
La descripción de este grupo incluye a los trabajadores que participan “en la distribución de comida y bebida desde los establecimientos de preparación, elaboración y venta, a pie o mediante la utilización de vehículos ligeros o a motor, con la preceptiva licencia cuando esta sea necesaria, por cuenta del establecimiento principal de distribución o por encargo de cualquier otra empresa, incluidas la que operen como plataformas digitales o a través de éstas”.
La inclusión de los ‘riders’ en los convenios de Hostelería ha sido fruto de las negociaciones mantenidas entre sindicatos y empresas. Comisiones Obreras y UGT llevaban meses trabajando por la incorporación de la actividad de reparto de comidas y bebidas incluidas las realizadas desde plataformas digitales en el convenio de Hostelería.
Comisiones Obreras ya ha destacado que a partir de ahora “va a trabajar para que su categoría profesional, su salario y sus funciones serán reguladas según los convenios sectoriales que les correspondan”.
La decisión de incluir a los ‘riders’ dentro de este nuevo marco legal implica una escala salarial determinada y la obligatoriedad de las empresas digitales de cumplir las medidas planteadas dentro del convenio.
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