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Sanidad recomienda a las empresas limitar los test y realizar únicamente pruebas PCR a casos sospechosos

El Ministerio de Sanidad ha publicado este jueves una actualización de las instrucciones a empresas sobre la realización de pruebas diagnósticas ante el nuevo coronavirus en la que recomienda a las compañías limitar hacer test y realizar únicamente pruebas PCR a los trabajadores con síntomas sospechosos de COVID-19.

En la actualización del documento «Instrucciones sobre la realización de pruebas diagnósticas para la detección del COVID-19 en el ámbito de las empresas», el departamento de Salvador Illa defiende que los servicios de prevención de riesgos laborales que realizan actividades sanitarias deben limitar la utilización de pruebas diagnósticas «a los ámbitos de actuación establecidos».

Este documento, trabajado y consensuados con las Comunidades Autónomas y aprobado por la Ponencia de Salud Laboral, aconseja así limitar la realización de test y recuerda que debe priorizarse la utilización de las PCR «u otra técnica de diagnóstico molecular que se considere adecuada, frente a otras estrategias».

Asimismo, se incide en la obligación de que todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de diagnóstico clínico, de titularidad pública o privada, notifiquen a la autoridad sanitaria de la Comunidad Autónoma los casos de COVID-19 confirmados tras la realización de las pruebas diagnósticas.

«Asimismo, cualquier entidad de naturaleza pública o privada que, en relación con las pruebas diagnósticas para la detección del COVID-19 adquiera hisopos para toma de muestras, medio de transporte de virus, reactivos de inactivación, kits de extracción de ácidos nucleicos o reacciones de PCR, o test rápidos diagnósticos deberá ponerlo en conocimiento de la autoridad sanitaria competente con indicación expresa del tipo de material, número de unidades adquiridas y destino de uso», señala.

El texto, que complementa la «Estrategia de diagnóstico, vigilancia y control en la fase de transición de la pandemia de COVID-19», considera crucial a los servicios de prevención en el ámbito de la empresa, incidiendo en la importancia de su colaboración con las autoridades sanitarias en la detección precoz de todos los casos compatibles con COVID-19 para controlar la transmisión.

«Su participación en la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica con la recogida de información y la notificación es una obligación, pero también una acción fundamental en el control y seguimiento de los casos y de los contactos en el entorno laboral», se afirma en el documento.

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E.B.

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