Mercados

Sabadell eleva el precio objetivo de Aena tras embargar Reino Unido el aeropuerto de Luton

En concreto, la compañía dirigida por Maurici Lucena informó el pasado sábado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) de que un tribunal británico ha acordado embargar el usufructo de Aena sobre el aeropuerto de Luton por el pago pendiente que tiene el Gobierno español derivado de los laudos sobre las indemnizaciones a inversores en renovables, que han sido favorables a estos últimos, según han explicado este lunes los analistas de Sabadell.

“Entre ellos, el de NextEra Energy, con un cobro pendiente de 291 millones de euros, y que solicitó al tribunal este embargo, junto con el de unos terrenos inscritos a en los que una de las filiales de AENA aparece como titular registral”, han señalado estas fuentes.

Por ello, desde el Sabadell han recordado que en julio Enaire sufrió un embargo similar en Bélgica y que el Gobierno tiene pendiente la devolución de 1.200 millones de euros.

En este caso Aena se ha visto perjudicada, al ser una compañía participada en un 51% por Enaire.

Por su parte, Aena ha declarado que al no ser parte en el proceso legal de las renovables no se le ha dado trámite de audiencia y que las comprobaciones pertinentes para determinar el alcance y consecuencias de esas medidas y, en todo caso, defenderá sus intereses, los de sus filiales y los de sus accionistas del modo que jurídicamente proceda.

Aena aseguró que no ha sido notificada de la adopción de las medidas cautelares en las sociedades del aeropuerto de Luton, propiedad al 51% del gestor aeroportuario español.

Los representantes de España en un proceso judicial sustanciado en el Reino Unido “para el reconocimiento y ejecución” del laudo dictado en un proceso arbitral de Ciadi, seguido por NextEra Energy Global Holdings B.V. & NextEra Energy Spain Holdings B.V., contra España, han comunicado a Aena que, en el día de ayer, “los abogados de los demandantes informaron de que se había dictado una decisión judicial el pasado 11 de julio sin audiencia del Reino de España y sin participación de Aena”.

La decisión pasa por haber acordado una medida provisional (‘interim charging orders’) sobre el ‘beneficial interest’ que los abogados de los demandantes atribuyen a España sobre el 26,01% en las acciones de la sociedad London Luton Airport Holdings III Limited y sus filiales; y en relación con los terrenos en los que una de las filiales aparece como titular registral y que incluyen varias propiedades que forman el Aeropuerto de Londres-Luton.

 

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EUROPA PRESS

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