En un auto, el titular del Juzgado Central de Instrucción 5 atiende así la petición formulada por la representación de Ferrusola en la que pedía el archivo de la causa y adjuntaba documentación médica de la que se extraía que padece demencia.
La Fiscalía solicitó la realización de un examen médico forense y, una vez practicado, informó de que no se oponía al archivo sin perjuicio de que se diera traslado al Ministerio Público de los informes incorporados al procedimiento con objeto de instar ante la jurisdicción civil su incapacitación.
En su resolución, el magistrado indica que “como señala el Ministerio Fiscal deben tenerse en cuenta las circunstancias que concurren en el presente caso y que se describen por la médico forense (…) con ello procede decretar el archivo de las presentes diligencias de conformidad al artículo 779 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”.
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