El abogado Conde-Pumpido solicitó ayer sin éxito la abstención de la magistrada María Tardón por su vinculación con Caja Madrid. Elpidio Silva ha logrado suspender el juicio que se sigue en su contra por un presunto delito de prevaricación cometido en la instrucción del caso Blesa al pedir la recusación de la magistrada del tribunal María Tardón por «representar al Partido Popular» en la asamblea general de Caja Madrid y contra el presidente, Arturo Beltrán, por su «falta de imparcialidad» al permitir la presencia de esta jueza, no aceptar la renuncia de su abogado e integrar la sala que, en fase intermedia, componían otros dos togados que finalmente fueron apartados.
La propuesta ahora debe ser resuelta por la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Precisamente, durante la jornada de ayer de este juicio, el abogado Cándido Conde-Pumpido, que ha reiterado su renuncia a defender al juez Elpidio José Silva, solicitó al Tribunal la abstención de la magistrada María Tardón, después de que una información publicada por Infolibre.com la haya vinculado con Caja Madrid durante la presidencia de Miguel Blesa.
Según este medio, Tardón fue consejera de la Asamblea de Caja Madrid de 2003 a 2005, además de concejal de Seguridad del Ayuntamiento de Madrid. En ese sentido, Conde-Pumpido pidió que la magistrada se abstenga del procedimiento, ya que hoy mismo se interrogará, entre los testigos a “su antigua jefe”, en referencia a Blesa. El letrado lamentó además de que las prisas con las que se está celebrando este juicio hayan provocado que esta información no se haya conocido hasta haber comenzado ya la vista.
Esta petición fue rechazada por la propia Tardón que manifestó que si bien es cierto que fue teniente de alcalde del Ayuntamiento de Madrid y consejera de Caja Madrid, defendió que no ha tenido ninguna relación directa con los hechos juzgados. “Jamás tuve responsabilidad en la gestión de la caja y nunca tuve ninguna referencia de créditos o ventas concretas”, señaló Tardón.
“No tengo relación ni amistad con Blesa”, explicó, “ni tampoco he tenido relación de dependencia laboral con ninguna de las partes, y por supuesto no tengo interés directo alguno”. Por tanto, concluyó, “no concurre causa de abstención”, ya que, “si lo hiciera, podría suponer una dilación indebida en la causa”.
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