El Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea (TUE) ha confirmado que las conocidas como “vacaciones fiscales vascas”, consistentes en la reducción de impuestos a empresas de nueva creación, son ilegales al estimar que se trata de ayudas públicas que falsean la competencia.
La sentencia confirma la decisión del Ejecutivo europeo que ya en 2001 consideró ilegales estas ayudas. Además, el tribunal rechaza de esta forma los recursos presentados por las diputaciones forales de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa, el Gobierno vasco y la Confederación Empresarial Vasca (Confebask) contra la decisión del Ejecutivo comunitario.
El auto advierte de que el hecho de que las diputaciones vascas dispongan de una autonomía fiscal reconocida y protegida por la Constitución española, no les libera de la obligación de respetar las disposiciones europeas sobre ayudas estatales.
El Tribunal de Primera Instancia de la UE señala, además, que las reducciones de la base imponible del Impuesto de Sociedades y el crédito fiscal “podían afectar a los intercambios comerciales entre Estados miembros y falsear o amenazar la competencia”.
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