Los destinatarios de prestaciones por desempleo podrán salir del país hasta 90 días sin perder su derecho a cobrar esta ayuda, aunque el pago se suspenderá hasta que el beneficiario regrese a España. Así lo ha avalado hoy en una sentencia el Tribunal Supremo, según informaciones de la agencia Efe.
El Supremo ha fallado en contra en contra de una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que daba la razón al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) al reclamar a una ciudadana la devolución de 15.368,64 euros cobrados tras haberse ido del país durante 21 días sin previo aviso.
Según el Supremo la normativa en este ámbito es compleja por lo que ha decidido lo que ha decidido unificar las disposiciones basándose en una sentencia previa que distingue entre prestación mantenida, suspendida y extinguida.
La ley establece que el traslado de residencia al extranjero es causa de extinción de la prestación, pero permite mantenerla en caso de estancias en el exterior de quince días al año como máximo previa comunicación a la Administración.
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