El TC anula la ley catalana por considerar que invade competencias estatales al ser unos festejos declarados patrimonio cultural. El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha anulado elel artículo 1 de la Ley catalana que prohíbe las corridas de toros porque invade la competencia del Estado, al haber sido la fiesta nacional declarada patrimonio cultural. Otros tres magistrados han votado en contra y formularán un voto particular, han informado fuentes del órgano de garantías.
El TC ha resuelto -por mayoría de ocho votos a favor y tres en contra- que el Ejecutivo catalán fue más allá de las atribuciones que le conceden las transferencias de gestión que ejerce en materia de espectáculos y de protección de los animales.
El argumento principal de la sentencia señala que Cataluña tiene competencia en materia de espectáculos públicos y por tanto los puede regular, al igual que sucede en cuanto a la protección de animales. Ello le permite vetar un espectáculo público determinado para proteger a los toros, pero no puede llegar hasta prohibir una fiesta que es patrimonio cultural por decisión del Gobierno central, según han informado a Efe fuentes del TC.
Así, la competencia sobre espectáculos públicos podría incluir la prohibición de las corridas con el fin, como es el caso, de proteger a los animales. Pero en este caso hay que tener en cuenta que la tauromaquia ha sido declarada por el Estado patrimonio cultural, razón por la que la prohibición invade competencias estatales en materia de cultura (artículos.1.28 y 149.2 de la Constitución.
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