El magistrado justifica que los juzgados ordinarios tienen capacidad para instruir una causa paralizada desde que el mismo momento en que el FROB se querelló hace un año. Nuevo giro en la instrucción del ‘caso Blesa’. El juez Santiago Pedraz, de la Audiencia Nacional, ha anunciado la devolución a los juzgados de Plaza Castilla de la causa por los sueldos de la directiva de Caja Madrid en la época en la que Miguel Blesa ejercía la presidencia de la entidad madrileña de ahorros.
La decisión se produce porque los hechos denunciados por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) no han tenido repercusión en la economía nacional, como sí alegaba el vehículo estatal de rescate. Fue por este motivo que la juez Mónica Aguirre, titular del número 45 de Instrucción de Madrid se inhibió de esta causa y la remitió a la Audiencia Nacional.
En esta causa concreta dentro del conocido como ‘caso Blesa’ se investigan las posibles irregularidades en la retribución a directivos de Caja Madrid entre los años 2007 y 2008 que acabaron por suponer un perjuicio de 14,8 millones de euros a la entidad, según la denuncia presentada por el FROB. Pedraz justifica que en ningún caso se habrían derivado de ellas daños a la seguridad del tráfico mercantil ni causado perjuicio patrimonial a una generalidad de personas en el territorio nacional, según recoge Europa Press.
El fiscal anticorrupción Conrado Sáiz instó recientemente al juzgado ordinario madrileño a que impulsase esta investigación, pues permanece paralizada desde diciembre de 2014, cuando el caso fue denunciado por el fondo nacional de rescate. Desde aquel entonces ni se ha abierto diligencia alguna ni se ha llamado a declarar a ningún imputado, pues también estaría implicado el que fue su director financiero, Ildefonso Sánchez Barcoj, número dos de Miguel Blesa en el organigrama de la caja.
Desde el FROB se determinó la formulación de una querella por esta causa empleando como base un expediente de Caja Madrid en el que se analizaban cuatro tipos de acciones concretas en las que los altos directivos pudieron cobrar “percepciones excesivas” para su cargo con el aliciente de que en algunos casos estas no habrían pasado los pertinentes filtros de control como su aprobación por los órganos de gobierno de la entidad madrileña.
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