La Confederación Española de Cajas de Ahorros interpreta que la sentencia defiende el plazo de un mes para recurrir los desahucios que es, según lo dictado, “razonable y proporcionado”. La Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) afirma que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) no ha declarado ilegal el plazo de un mes recogido en la ley de protección de los deudores hipotecarios para recurrir desahucios. Desde la patronal defienden que la sentencia “no cuestiona el derecho hipotecario español en su conjunto, ni siquiera la legalidad de un plazo”.
De hecho, la confederación, en su análisis de lo emitido por el tribunal europeo, habla de que “la sentencia considera que dicho plazo de un mes no es materialmente insuficiente sino razonable y proporcionado”. La CECA va más allá y declara que el fallo lo único que cuestiona es “el mecanismo previsto en la ley para determinar el inicio del plazo”.
La asociación defiende su terreno y comunica que lo sentenciado “afecta sólo a los procedimientos en curso en un periodo de tiempo muy concreto. Por este motivo, sus efectos serán limitados, en función de las circunstancias individuales y procesales de los clientes afectados por esta situación transitoria”.
Una visión que choca con lo emitido desde el Tribunal de la UE considera este sistema “contrario al principio de efectividad”, porque existe “un elevado riesgo de que el plazo expire sin que los consumidores afectados puedan hacer valer de forma efectiva y útil sus derechos por la vía judicial”.
Es la segunda vez en menos de una semana en el que la CECA se enroca en defensa de su modelo hipotecario. La primera vez fue el pasado martes cuando las cajas defendieron que las cláusulas suelo que ha prohibido Bruselas están recogidas en una Orden del Ministerio de Economía y Hacienda del 28 de octubre de 2011.
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