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La CEOE recomienda a las empresas no renunciar a la temporalidad y eliminar la antigüedad

La patronal ensalza la flexibilidad laboral en los convenios colectivos tras la Reforma Laboral de 2012. La patronal de los empresarios dirigida por Juan Rosell recomienda a las empresas seguir recurriendo a la contratación temporal como vía para evitar la “rigidez en la estructura de administración de recursos humanos”, así como la necesidad de eliminar “conceptos retributivos obsoletos e improductivos como la antigüedad”.

Son algunas de las recomendaciones que la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) difunde en la circular para la negociación colectiva de 2015, una vez que se alcanzara el III Acuerto para el empleo y la negociación colectiva del 8 de junio avalada además por CEPYME y los sindicatos CCOO y UGT.

Textualmente, la CEOE puntualiza que “los compromisos que se adquieran en los convenios en materia de empleo y contratación no deben implicar la introducción de mayor rigidez en la estructura de administración de recursos humanos, sino el mantenimiento de un marco flexible de contratación temporal que debe permitir a las empresas hacer frente a situaciones concretas o coyunturales que, de otra forma, deberían atenderse a través de otros mecanismos como las horas extraordinarias”.

En materia salarial, la CEOE aconseja para 2015 un incremento de los sueldos de hasta el 1%, y un máximo de un 1,5% más para 2016. En ese sentido la patronal insiste en que es preciso promover desde la negociación colectiva la racionalización de las estructuras salariales, sustituyendo conceptos retributivos obsoletos e improductivos, como la antigüedad, por otros vinculados a la productividad o resultados de la empresa.

También alerta sobre la necesidad de regular y reducir el absentismo, más medidas para controlar las situaciones de incapacidad temporal y “analizar las causas del absentismo injustificado”.

Cómo sacar el máximo provecho a la Reforma Laboral

La patronal desgrana toda una serie de recomendaciones dirigidas a que las empresas hagan uso de sus posibilidades en la firma de convenios colectivos para aprovechar las ventajas que les ofrecía la Reforma Laboral de 2012. Recuerda que en el caso de los contratos por obra y servicio, el Estatuto de los Trabajadores permite ahora alargar por convenio colectivo estatal en 12 meses más la duración máxima para este tipo de contratos, prevista en tres años. También destaca que es posible modificar la duración máxima de los contratos eventuales.

Hay más modalidades que, según los empresarios, pueden beneficiar a los contratantes mediante los convenios colectivos: el porcentaje máximo de horas complementarias, los contratos fijos discontinuos o la contratación a tiempo parcial. Recuerda que en el caso de los contratos en prácticas, debería tenerse en cuenta la posibilidad de fijar por convenio el periodo de prueba y la retribución, así como los contratos para la formación y aprendizaje en función de “las necesidades organizativas o productivas de las empresas”.

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La CEOE recomienda a las empresas no renunciar a la temporalidad y eliminar la antigüedad

Violeta Muñoz

Hago la información de Madrid y a veces escribo sobre Derechos Humanos y Europa. Pro transparencia pública y rendición de cuentas.

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