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El nuevo Código Penal podría librar a Aguirre de sentarse en el banquillo

La norma, que entra en vigor el 1 de julio, despenaliza el delito que se le imputa a la ‘lideresa’ de desobediencia leve. Si el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid no dicta la apertura de juicio oral contra Esperanza Aguirre antes del 1 de julio, la presidenta del PP de Madrid no tendrá que sentarse en el banquillo. Ese día entra en vigor el nuevo Código Penal que despenaliza las faltas, es decir, delitos como la desobediencia leve, que se le imputa a la ‘lideresa’ por su ‘huida’ tras ser multada por los agentes de movilidad en Madrid.

Según explica El País, la disposición transitoria cuarta del Código Penal señala que «la tramitación de los procesos por falta iniciados antes de la entrada en vigor de esta Ley por hechos que resultan por ella despenalizados o sometidos al régimen de denuncia previa, y que lleven aparejada una posible responsabilidad civil, continuarán hasta su normal terminación, salvo que el legitimado para ello manifestare expresamente no querer ejercitar las acciones civiles que le asistan, en cuyo caso se procederá al archivo de lo actuado, con el visto del Ministerio Fiscal». En el caso de Aguirre, no hay responsabilidad civil por lo que podrá ser archivada.

Además, tal y como indica el abogado José María de Pablo en su web, “la Transitoria Primera proclama que ‘se aplicará esta Ley, una vez que entre en vigor, si las disposiciones de la misma son más favorables para el reo’ (y evidentemente esta ley, que despenaliza la desobediencia leve, es más favorable a Aguirre que la anterior)”.

El letrado concluye que “parece difícil” que el Juzgado de Instrucción abra juicio oral antes de la entrada en vigor de la reforma: “De hecho, lo lógico es que los juzgados de instrucción no señalen más juicios por faltas despenalizadas y esperen al 2 de julio para archivarlos y quitarse volumen de trabajo”.

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El nuevo Código Penal podría librar a Aguirre de sentarse en el banquillo

E.B.

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