El Partido Popular emite un escueto comunicado en el que reitera que la ‘caja b’ “nunca ha sido contabilidad conocida” por esta formación. El PP ha respondido al auto con el que el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz dio por concluida ayer la investigación sobre los ‘papeles de Bárcenas’, en la que considera acreditada la existencia de una ‘caja b’ en el Partido Popular entre 1990 y 2008. Y lo ha hecho con un comunicado en el que incluso “se reserva las acciones legales que le correspondan”.
“Con el debido respeto a las decisiones judiciales, el PP se reserva las acciones legales que le correspondan, en el ejercicio de su derecho de defensa, en el momento procesal oportuno”, señala la dirección nacional del partido en una nota de prensa enviada anoche a los medios de comunicación.
Este es el último de los cincos puntos con los que Génova se defiende del auto de Ruz. Previamente, el partido de Mariano Rajoy “reitera que la denominada ‘caja B’, que el juez atribuye al PP, nunca ha sido una contabilidad conocida por este partido”.
Tras esto, y en segundo lugar, los populares afirman que “el PP no comparte la teoría de la obligación de tributar por el impuesto de sociedades por unas supuestas donaciones que el PP desconocía”.
Asimismo, “las donaciones a los partidos políticos”, explica Génova, “siempre han estado exentas de tributación del impuesto de sociedades”.
Respecto al cuarto punto, la dirección nacional del PP alega que “la aplicación de la normativa del impuesto de sociedades conlleva en cualquier caso el derecho a aplicar los gastos deducibles”.
A continuación se recoge el comunicado íntegro remitido por el Partido Popular:
“En relación con el auto del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional de fecha 23 de marzo de 2015, y con el debido respeto a las decisiones judiciales:
1- El PP reitera que la denominada “caja B”, que el juez atribuye al PP, nunca ha sido una contabilidad conocida por este partido.
2- El PP no comparte la teoría de la obligación de tributar por el impuesto de sociedades por unas supuestas donaciones que el PP desconocía.
3- Las donaciones a los partidos políticos siempre han estado exentas de tributación del impuesto de sociedades.
4- La aplicación de la normativa del impuesto de sociedades conlleva en cualquier caso el derecho a aplicar los gastos deducibles.
5- Con el debido respeto a las decisiones judiciales, el PP se reserva las acciones legales que le correspondan, en el ejercicio de su derecho de defensa, en el momento procesal oportuno”.
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