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Multa millonaria a varias empresas que se repartían el suministro de alimentos a hospitales y residencias

Las empresas son Plataforma Femar, S. L. (Femar), Acacio, S.L. (Acacio), Serviline Foods, S. L. (Serviline), Asesores Llangon, S. L. (Llangon), Leonesa de Patatas, S. L, Hermanos Vidal, S. L. (Hnos. Vidal) y Frutícolas Ateca, S. L. (Ateca).

Según explica Competencia en una nota, los órganos de contratación de la Agencia Madrileña de Atención Social (AMAS) y de la Dirección General de Innovación y Promoción Agroalimentaria del Gobierno de Aragón pusieron en conocimiento de la CNMC y del Servicio de Defensa de la Competencia de Aragón posibles indicios de colusión en varias licitaciones.

Entonces, inició una investigación y realizó inspecciones en las sedes de varias distribuidoras de alimentos en marzo y septiembre de 2022. En diciembre de ese año, incoó un procedimiento sancionador a varias empresas, que amplió en julio de 2023.

El primer cártel, formado por Plataforma Femar, S. L. (Femar), su filial Acacio, S. L. (Acacio), Serviline Foods, S. L. (Serviline) y Asesores Llangon, S. L. (Llangon),  se repartió las licitaciones para suministrar alimentos a colectividades dependientes de organismos públicos y privados desde noviembre de 2015 hasta agosto de 2021.

El segundo cártel, formado por Femar y Leonesa de Patatas, S. L. (Leonesa), afectó a la entidad estatal Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo (TPFE). En concreto, a los contratos para varios centros penitenciarios desde enero a marzo de 2022.

El tercer cártel, formado por Femar, Hermanos Vidal, S. L. (Hnos. Vidal) y Frutícolas Ateca, S. L. (Ateca), afectó también a centros penitenciarios del TPFE desde febrero a marzo de 2022.

Bolsa de beneficios

El primer cártel —Femar, su filial Acacio, y Serviline— concertó una “bolsa conjunta de beneficios” y operó gracias al rol de facilitador de Llangon —empresa de asesoramiento para concursos públicos sin volumen de negocio en el mercado afectado—.

La bolsa funcionaba mediante una suerte de subcontrataciones entre las empresas. Estas estaban prohibidas en la mayoría de los pliegos o no se comunicaban al órgano de contratación. Eran un subterfugio para compensarse el reparto de los lotes y cumplir con un reparto de los beneficios al 50 %.

Las empresas también intercambiaron información comercial sensible sobre sus márgenes de beneficio en los contratos; los precios de oferta a un cliente privado; su zona de influencia para operar; las licitaciones a las que se iban a presentar e, incluso, la contraseña y el certificado digital para acceder a la plataforma de contratación.

Contratos menores de centros penitenciarios

El segundo y tercer cártel consistió en dos acuerdos anticompetitivos que alcanzó Femar con Leonesa y dos empresas vinculadas entre ellas: Hnos. Vidal y Ateca, respectivamente.

En el primer acuerdo, cuando los órganos de contratación les invitaban a participar en el concurso, Femar acordó con Leonesa la presentación recíproca de ofertas de cobertura, repartiéndose los centros penitenciarios en función de su localización.

En el segundo acuerdo, Femar también acordó con Hnos. Vidal y Ateca, vinculadas al tener los mismos administradores, presentar ofertas de cobertura para repartirse los contratos.

Multas a empresas y directivos

En total, las multas impuestas a las empresas ascienden a 3.137.500 euros por tres infracciones del artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC).

Plataforma Femar, S. L.: 2.041.000 euros por la primera infracción, 244.000 euros por la segunda infracción y 163.000 euros por la tercera infracción.

Asimismo, Acacio, S. L.: 346.000 euros; Serviline Foods, S. L.: 170.000 euros; Asesores Llangon, S. L.: 3.500 euros; Leonesa de Patatas, S. L.: 45.000 euros; Frutícolas Ateca, S. L.: 65.000 euros; Hermanos Vidal, S. L.: 60.000 euros.

El total de multas a los directivos asciende a 176.100 euros en aplicación del artículo 63.2 de la LDC. En este sentido, se detalla de la siguiente manera:

-D. Fernando Marín Hernández (Femar y Acacio): 29.200 euros por la primera infracción, 21.100 euros por la segunda infracción y 21.000 euros por la tercera infracción.

-D. Alberto Marín Hernández (Femar): 25.800 euros.

-D. José Antonio Cebollada Andrés (Serviline): 31.000 euros.

-D. Miguel Ángel Cebollada Andrés (Serviline): 20.000 euros.

-Dª. Nuria Llanos González (Llangon): 28.000 euros.

Contra esta resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

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E.B.

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