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Los autónomos afectados por las inundaciones en Baleares podrán diferir el pago de sus cuotas

La Tesorería General de la Seguridad Social ha autorizado que empresas y trabajadores autónomos afectados por las inundaciones en Baleares del pasado 9 de octubre puedan diferir el pago de sus cuotas a la Seguridad Social.

El Boletín Oficial del Estado del jueves 15 de noviembre informa que el Gobierno, con el objetivo de paliar las dificultades que las empresas y los trabajadores autónomos de tales zonas puedan tener para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta, “resulta oportuno permitir que difieran el plazo reglamentario para el ingreso de cuotas”.

Las zonas afectadas gravemente por una emergencia de protección civil fueron los municipios de Artà, Capdepera, Manacor, Sant Llorenç des Cardassar y Son Servera, todos ellos en la isla de Mallorca.

“Se autoriza a las empresas que tengan trabajadores en alta, así como a los trabajadores por cuenta propia […] que acrediten haber resultado afectados por las lluvias […] a diferir el plazo reglamentario de ingreso de las cuotas de la Seguridad Social por todas las contingencias, así como por los conceptos de recaudación conjunta con aquellas, correspondientes a seis meses naturales consecutivos”, asegura el BOE.

Las cuotas cuyo plazo reglamentario de ingreso se difiera, deberán ingresarse mensualmente desde el mes de noviembre de 2019 hasta el mes de abril de 2020, sin aplicación de recargo o interés alguno.

Las solicitudes, que deberán presentarse antes del 1 de diciembre de 2018, deberán ir acompañadas de la documentación acreditativa de los daños sufridos o de la pérdida de actividad de ellos derivada, expedida por el respectivo ayuntamiento, por el órgano insular o autonómico competente o por la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Illes Balears.

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Los autónomos afectados por las inundaciones en Baleares podrán diferir el pago de sus cuotas

E.B.

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