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La Corte argentina paraliza el ataque de los Kirchner al Grupo Clarín

La Corte Suprema de Justicia de Argentina ha rechazado una apelación presentada por el Gobierno de Cristina Fernández contra la medida cautelar que suspendió el articulo 161 de la Ley de Medios. La decisión mantiene en suspenso la obligatoriedad de los grandes grupos mediáticos de vender en el plazo de un año parte de sus activos para, en palabras del Gobierno, terminar con situaciones de monopolio.

Sin embargo, el CSJN ha instado al juez que dirime la causa de la suspensión del artículo a que tome una decisión en el plazo de dos años. Después de haber quedado aprobado el bruto de la Ley de Medios, el artículo a debate es la última esperanza del Grupo Clarín para mantener su negocio intacto. De hecho, la presidenta Cristina Fernández comunicó por la red social Twitter su opinión sobre la decisión del tribunal. «Buena Noticia, los fallos de la CSJN no los redacta Magnetto. Tampoco los firman (los periodistas Joaquín) Morales Solá ni (Eduardo) Van der Kooy», dijo en referencia al dueño los columnistas de opinión del periódico.

Por el contrario, el plazo de dos años que el CSJN ha dado al juez instructor de la causa para que tome una decisión, podría hacer que la presidenta no alcance a ver la partición del Grupo Clarín en su cargo. Se celebran elecciones presidenciales en 2011 y se desconoce aun si el candidato oficialista terminará siendo Ernesto Kirchner o su mujer Cristina Fernández. En cualquier caso, el propio Kirchner aseguró ayer que los monopolios son dañinos para el país y se van a terminar.

La pugna entre el grupo de telecomunicaciones y el matrimonio presidencial argentino viene de largo. La desafección, según los expertos, se inició con la huelga de los agricultores de la soja y se ha nutriendo de diferentes conflictos. La pretensión estatal de comprar la empresa productora de Papel Prensa o la anulación de la adquisición por parte del Grupo Clarín de una red de internet son algunas de las batallas. La Ley de medios podría convertirse en la última de ellas si finalmente se aprueba el artículo 161.

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E.B.

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